Revocada la pena al conductor por el choque mortal en el peaje de Guísamo
La Audiencia anula la condena por imprudencia y concluye que el accidente de 2020, en el que murió la mujer del denunciado, pudo deberse a un fallo mecánico en el freno y embrague

Imágenes captadas por las cámaras de seguridad el día del accidente en el peaje de Guísamo. | LOC
La Audiencia Provincial ha absuelto al conductor del vehículo que chocó contra una cabina del peaje de Guísamo en enero de 2020. El Alto Tribunal ha revocado por falta de pruebas el fallo del Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña que vio probado un delito por imprudencia al entender que el accidente, en el que perdió la vida la mujer del acusado y resultó herida una trabajadora del peaje, fue consecuencia del «olvido de las más elementales normas de precaución», la «inobservancia de las normas de circulación» y de dudas sobre qué cabina de telepeaje tomar.

Revocada la pena al conductor por el choque mortal en el peaje de Guísamo
Los jueces discrepan de las conclusiones del juez de instancia y anulan la pena de 14 meses de privación del derecho a conducir y al pago de sendas multas por un importe total de 2.250 euros. En su sentencia, los magistrados reprochan al juzgado que impusiese esta condena al conductor sin antes realizar las diligencias de investigación que permitiesen descartar que el accidente fue provocado por un fallo mecánico, tal y como defendió el acusado.

Revocada la pena al conductor por el choque mortal en el peaje de Guísamo
En contra de lo mantenido por el Juzgado de lo Penal, la Audiencia considera que la avería en frenos y embrague alegada por la defensa podría explicar que el vehículo entrase en el área de peaje a una velocidad anormalmente alta y, tras realizar varios cambios bruscos de dirección, se empotrase contra una de las cabinas. La falta de esta «diligencia de investigación», argumentan los magistrados, hizo depender las conclusiones exclusivamente de «una percepción subjetiva altamente discutible» de los agentes de la Guardia Civil. Y es que los magistrados no consideran terminantes las conclusiones de los agentes dado que, inciden, se basan exclusivamente en el visionado del vídeo del accidente, sin aplicar «ningún método de análisis técnico o científico o fórmulas de cálculo ajenas a la capacidad de cualquier persona que observe el vídeo»: «Su experiencia como agentes policiales no supone una diferencia sustancial en ese punto con otros observadores», afirma la Audiencia, que considera que lo observado en el vídeo podría ser consecuencia de un fallo mecánico.

Revocada la pena al conductor por el choque mortal en el peaje de Guísamo
Los jueces defienden que el hecho de que la luz del freno se encendiese solo un momento, que no hubiese huellas de frenado, o que el coche se empotrase con la sexta marcha puesta pudieron deberse a un fallo mecánico. «Lo que se observan son movimientos de un vehículo que tanto pudieron responder a dudas del conductor sobre que cabina tomar como de un conductor que no es capaz de frenar a tiempo el vehículo», argumentan los magistrados.
Por estos motivos, la Audiencia revoca el fallo y rechaza la petición de la Fiscalía , que pedía elevar la pena a homicidio por imprudencia grave. Las hijas del conductor y de la mujer fallecida renunciaron a acciones civiles y penales y la trabajadora del peaje tampoco formuló denuncia penal.
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