El Superior rechaza indemnizar a una empresa de Cambre por sacrificar a 21.000 visones

El tribunal falla que la firma, que pedía 530.000 euros al Estado, no era la titular ni estaba registrada pese a tener animales dentro de una granja de Carral de otra sociedad

Imagen de archivo de un visón en una granja en Carral.

Imagen de archivo de un visón en una granja en Carral. / Torrecilla

M. V.

Carral

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado que una empresa tenga derecho a percibir del Gobierno central 532.779 euros por el sacrificio obligatorio de más de 21.126 crías de visón americano que tenía en una explotación en Carral, tras verse afectada por la gripe aviar en el año 2022. La empresa denunciante, de fabricación y venta de piensos para animales y con sede en A Rocha-Sigrás, suministraba a la propietaria de la granja de visones carralesa, European Minkfarm Rooijakkers SLU.

Las dos entidades llegaron a un acuerdo por el que a cambio del pienso, la empresa peletera le vendió 23.126 crías de visión. La empresa cambresa pagaba la alimentación y el seguro de sus animales dentro de esta granja. Este contrato lo elevaron a público en 2022.

En ese año 2022 la Xunta confirmó un brote de gripe aviar en la granja de visones de Carral y se ordenó el sacrificio de todos . Había 43.617 crías destetadas y 8.369 madres reproductoras además de unas 5.000 pieles aprovechables. En total, 55.755 animales perdidos. Entre ellos, los 21. 126 de la empresa de Cambre. Ésta por lo tanto se acogió a la convocatoria de indemnizaciones pero el Gobierno central no contestó a su demanda (silencio negativo), por lo que presentó el pleito. El TSXG en su sentencia recuerda que solo puede reclamar indemnización el titular de la explotación, y éste además tiene que estar inscrito en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA). Pero la empresa cambresa no era la titular de la granja, sino Minkfarm, y además no tenía código REGA, y la existencia de la escritura pública y el documento privado «no desvirtúan la realidad de que la demandante no es la titular». El TSXG precisa esto es al margen de «las obligaciones» entre las partes (que esta empresa debía reclamar a Minkfarm y no al Estado. Minkfarm solicitó concurso voluntario.

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