El TSXG da la razón a Oleiros en expropiar y demoler un edificio

El Superior avala la decisión del Concello de agilizar el derribo del bloque residencial al ser más viable y para proteger el paisaje

Vista general del edificio en la entrada de Mera que será demolido para hacer una urbanización del poligono POL-4 ( POL4) de Santa Ana en Oleiros.

Vista general del edificio en la entrada de Mera que será demolido para hacer una urbanización del poligono POL-4 ( POL4) de Santa Ana en Oleiros. / LOC

M. V.

Oleiros

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) considera que existen «razones de urgencia y necesidad» en la decisión del Ayuntamiento de Oleiros de cambiar el sistema para urbanizar un sector de cooperación por el de expropiación, lo que agiliza la demolición de un edificio de bajo y cinco plantas en la entrada a la localidad de Mera. La sentencia no es firme.

El TSXG avala así la actuación del Ayuntamiento, recuerda que esta demolición ya estaba prevista en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) y el objetivo de la medida es «paliar la desproporción de las cargas y beneficios que supondría continuar con el sistema de cooperación».

La situación de este suelo, con un gran desnivel, hizo que los técnicos municipales elaborasen un informe y concluyeron que sería muy elevado el coste de urbanizar para los propietarios porque sería necesario construir bancales y muros de contención, lo que encarecería mucho los trabajos. Por eso el Concello en 2022 compró los aprovechamientos urbanísticos de los afectados y les dio a cambio solares y edificabilidad, también en Mera.

El desarrollo de estos terrenos, tras derribar este edificio de los años setenta que tiene un gran impacto visual, prevé construir edificios de solo dos alturas, y en la parte más baja.

Una de las propietarias de terreno en este ámbito presentó un recurso contra la decisión del Concello de aprobar el sistema de expropiación, pero el TSXG lo ha desestimado al considerar acredita la «urgencia y necesidad» y no ver «error en la valoración de la prueba» porque se hizo por la «viabilidad urbanística» del ámbito. Los magistrados también avalaron las razones de protección del paisaje.

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