El Superior avala el acuerdo de Sada para regularizar Párroco Villanueva
La promotora alegó sin éxito que el desarrollo es inviable por los cambios en el terreno tras el deslizamiento de 2006 | Los jueces refrendan la validez del estudio de detalle de 1997

Vista de los edificios de la urbanización Párroco Villanueva. | LOC
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rechazado el recurso de la propietaria mayoritaria de la urbanización de Párroco Villanueva contra la propuesta de regularización del Concello de Sada, que fue dictaminada favorablemente por la Xunta como paso previo a su inclusión en el PXOM en 2023. La propuesta de ordenación pasa por asumir el planeamiento de 1997 para dar una solución a este ámbito, que lleva dos décadas inmerso en un limbo urbanístico. La sentencia no es firme y puede ser objeto de recurso ante el Tribunal Supremo.
Promociones Inmobiliarias Folgar recurrió el acuerdo de aprobación definitiva del estudio de detalle de este sector (UEI-8) y del proyecto de compensación, acordadas en un pleno de 1997 y publicadas en el Diario Oficial de Galicia 26 años después, en 2023. La empresa alegó que estos instrumentos urbanísticos ya no «reflejaban en absoluto la realidad actual del ámbito» debido al tiempo transcurrido hasta que adquirieron vigencia con su publicación en el DOG , por lo que debía decretarse su anulación.
La promotora argumentó que los costes de urbanización habían aumentado de forma considerable, sobre todo a raíz del deslizamiento de terreno registrado en 2006, que cambió «totalmente» la orografía de la parcela. Este derrumbe, alegó, obligaría e realizar un «inmenso relleno con sus correspondientes sistemas de contención para volver a las cotas previstas en el estudio de detalle» y «harían totalmente inviable económicamente la ejecución del mismo».
Folgar alegó que tampoco el proyecto de compensación reflejaba la realidad actual ni en lo referente a la estructura de la propiedad ni al número e identidad de los propietarios ni al reparto de cargas y beneficios.
El Alto Tribunal ha rechazado sus argumentos y da la razón al Concello de Sada, que defendió la validez del estudio de detalle y se opuso al recurso contra el proyecto de compensación alegando que se había superado con creces el plazo de impugnación, dado que este habría adquirido vigencia desde su aprobación en 1997, independientemente de su publicación en el DOG.
Los jueces refrendan este extremo y confirman que este plan es un «acto firme y consentido» por los anteriores propietarios del ámbito, cuyos terrenos fueron adquiridos posteriormente por la promotora. En cuanto a la validez del estudio de detalle, los magistrados subrayan que esta cuestión debe valorarse en función de la normativa vigente en el momento de su aprobación, cuando todavía no estaba en vigor la ley de suelo de 2016 ni el PXOM de Sada. Coinciden en que este instrumento es válido desde la aprobación por el pleno, independientemente de que no adquiera eficacia hasta su publicación en el boletín oficial: «El hecho de que en el año 2006, esto es, nueve años después de su aprobación, se produjese un deslizamiento de tierras que afectó a la orografía del terreno, es una cuestión fáctica sobrevenida que no puede ser tomada en consideración en el juicio sobre la validez del acuerdo aprobatorio del estudio de detalle, que obviamente no pudo tomar en consideración tal circunstancia», concluye el Alto Tribunal.
La sentencia, de confirmarse, allanaría el camino para legalizar esta urbanización, formada por unas doscientas viviendas que siguen a día de hoy sin licencia de primera ocupación. El Concello de Sada se decantó por reconocer la ordenación del ámbito que establecía el estudio de detalle de 1997, en lugar de diseñar una nueva propuesta al amparo de la normativa urbanística actual al entender que era la solución “menos lesiva para los propietarios”, dado que la ley permite ahora menos edificabilidad y “dificultaría la conservación de las viviendas” en su integridad. El plan de 1997, en cambio, abre la puerta a completar el edificio en esqueleto y a construir otros dos inmuebles.
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