El Supremo ratifica las penas a dos chabolistas por esclavizar a indigentes

Desestima los recursos de casación, que califica de «insólitos», contra autos de la Audiencia Provincial que denegaron la solicitud de revisión de las condenas, de 36 y 35 años de cárcel

Los cuatro penados, durante el juicio, en la Audiencia Provincial, en 2015.

Los cuatro penados, durante el juicio, en la Audiencia Provincial, en 2015. / J. Roller

Culleredo

El Tribunal Supremo da carpetazo al intento de que se revisen las penas a dos chabolistas condenados en 2016 a 36 y 35 años y medio de cárcel, respectivamente, por esclavizar a indigentes con enfermedades físicas y mentales, a los que forzaron a trabajar, maltrataron y mantuvieron en condiciones «precarias» y «penosas» primero en el antiguo asentamiento de la Conservera Celta, en A Coruña, y después, en sus domicilios en Ledoño, Culleredo. El Alto Tribunal desestima sendos recursos de casación presentados contra autos anteriores de la Audiencia Provincial que desestimaban la solicitada revisión de condenas. El Ministerio Fiscal había pedido la inadmisión de los recursos y, subsidiariamente, su desestimación.

La sentencia considera «insólitos» los recursos, ya que «lo que se pretende es que, ocho años después, mediante una cercenada lectura de los hechos declarados probados, se revoque la sentencia firme». El Supremo falla que no concurre ninguno de los supuestos previstos para que pudiese verse afectada la cosa juzgada. En concreto, no se produjo después de la firmeza de la sentencia una modificación normativa favorable que afectase al título de condena o a las consecuencias punitivas o civiles fijadas en el fallo ni concurre ninguna de las causas de revisión previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La sentencia dicta que «la absoluta inadecuación del cauce utilizado para pretender la modificación de la sentencia firme conduce a la desestimación de los respectivos motivos que bien hubieran merecido su admisión liminar». Concluye en el fallo «no haber lugar a los recursos de casación» y condena en costas a los recurrentes.

Los condenados fueron condenados por cuatro delitos de trata de seres humanos y otros cuatro de imposición de tratos degradantes. La Fiscalía pedía 90 y 82 años de cárcel. Las esposas de los penados evitaron ingresar en prisión porque carecían de antecedentes penales. Los jueces impusieron a una de ellas una pena de año de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas y a la otra, seis meses de cárcel por imposición de tratos degradantes. La Fiscalía solicitó para ellas 56 y 55 años de cárcel, respectivamente.

Los condenados localizaban a personas en situación vulnerable, con enfermedades físicas y mentales, las forzaban a trabajar sin remuneración, se quedaban buena parte de sus pensiones y las maltrataban física y psicológicamente.

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