Condenado a cuatro años de prisión por agredir a su exmarido en Curtis
El acusado allanó la vivienda de la víctima y tomó un cuchillo con el que le asestó cortes en el tórax y en los brazos | Tenía una orden que le prohibía acercarse o comunicarse con él

Fachada de la Audiencia Provincial de A Coruña. | LOC
La Audiencia Provincial de A Coruña, a través del Tribunal del Jurado, ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre por un delito de allanamiento de morada y otro por lesiones cometidas con un instrumento peligroso contra su expareja del mismo sexo en el municipio de Curtis.
La sentencia señala que el acusado accedió sin consentimiento a la vivienda de su excónyuge, con quien había convivido durante su matrimonio, el 16 de abril de 2024. Una vez en el interior, y tras coger un cuchillo en una de las estancias, se dirigió al piso superior donde se encontraba la víctima, a la que asestó varios cortes superficiales en el tórax y en los brazos.
El ataque le provocó varias heridas que requirieron tratamiento médico y sutura por parte del Sergas, además de dejarle cicatrices visibles permanentes que suponen un perjuicio estético de grado medio, según señala el escrito de la Audiencia Provincial. La víctima tardó un total de 21 días en curarse.
El tribunal considera probado que el acusado actuó «guiado por el propósito de vulnerar la intimidad de su expareja y menoscabar su integridad física».
Antecedentes penales por malos tratos
En el momento de los hechos, el hombre ya tenía antecedentes penales por malos tratos en el ámbito familiar y estaba sujeto a una orden judicial que le prohibía acercarse o comunicarse con su expareja. Durante la vista, celebrada ante el Tribunal del Jurado en A Coruña, el acusado reconoció los hechos y se mostró conforme con la pena solicitada por la Fiscalía y la acusación particular, lo que permitió dictar sentencia de conformidad, que ha sido declarada firme.
Además de la pena principal de prisión, el tribunal le impone la prohibición de acercarse a menos de 400 metros de la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio durante cinco años y seis meses.
También deberá indemnizar a su exmarido con 10.000 euros por daños morales y físicos, cantidad de la que ya ha consignado 3.000 euros, así como abonar al Sergas el coste de la atención sanitaria prestada.
La sentencia también contempla la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y la imposición de las costas procesales al condenado.
Violencia en el ámbito de la pareja
El fallo subraya además la relevancia de los delitos de violencia en el ámbito de la pareja, recordando que la protección judicial debe extenderse a todas las víctimas, con independencia de su orientación sexual o del tipo de relación mantenida.
La Audiencia resalta que este tipo de conductas «atentan gravemente contra la libertad personal y la convivencia» y reitera la necesidad de reforzar las medidas de prevención y asistencia a las personas afectadas por agresiones de carácter doméstico.
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