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Prisión por el atropello mortal de un motorista en Paderne en 2022: "Circulaba a una velocidad groseramente inadecuada"

La Audiencia condena a 2 años y medio de cárcel al conductor del turismo al ver probado que circulaba ebrio y con "un alarmante exceso de velocidad" en un tramo limitado a 50

Carretera DP-0905 a su paso por el lugar O Francés, en Paderne. | LOC

Carretera DP-0905 a su paso por el lugar O Francés, en Paderne. | LOC

Paderne

La Audiencia Provincial ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña que condena a un conductor a dos años y medio de prisión y al pago de una indemnización de 58.848 euros por atropellar mortalmente a un motorista en Paderne en 2022. La Sala ratifica la condena por un delito de homicidio imprudente en concurso con otro de conducción bajo los efectos del alcohol. El acusado estará privado además durante cuatro años del derecho a conducir vehículos a motor.

El accidente se registró sobre las 5.15 horas del 30 de abril de 2022 en el punto kilométrico 2,3 de la DP-0905, a la altura del lugar O Francés. Los jueces rechazan el alegato del acusado y ven probado que este conducía ebrio y a una «velocidad groseramente inadecuada», a «113 kilómetros por hora como mínimo», en un tramo curvo que estaba limitado a 50 por hora.

La Audiencia destaca que el conductor, «pese a ser perfecto conocedor de la carretera por la que se desplazaba, pues vivía a menos de 500 metros del lugar», tomó una curva con un «alarmante exceso de la velocidad» e invadió el carril contrario, colisionando con un motorista que circulaba correctamente y que falleció prácticamente en el acto a consecuencia un traumatismo craneoencefálico.

El tribunal rechaza las alegaciones de la defensa, que apeló a un error en la valoración de la prueba, y sostiene que la alcoholemia practicada al conductor «ayuda a poner negro sobre blanco el cómo y el porqué de la colisión» Según detalla la sentencia, las pruebas realizadas «bastante tiempo después del impacto» arrojaron unos resultados de 0,55 y 0,59 mg de alcohol por litro de aire espirado. El conductor, añade, presentaba además «una sintomatología externa abiertamente incompatible con el adecuado y seguro manejo del automóvil».

A esto, suman la «ausencia absoluta de cautela» por circular a una velocidad totalmente inadecuada en un tramo limitado a 50. Por estos motivos, los jueces rechazan el recurso del acusado, que puede recurrir todavía en casación ante el Tribunal Supremo. Además de imputarle dos años, seis meses y un día de cárcel, el conductor deberá indemnizar a la esposa y a la hija del fallecido por un importe total de 58.848 euros.

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