Competencia archiva una denuncia contra la concesión de licencias a las escuelas de surf de Oleiros
Una asociación reclamó la repetición del proceso tras advertir vinculaciones entre algunas empresas aspirantes | El organismo admite "coincidencias significativas" en el caso de dos escuelas que obtuvieron permiso, pero no ve probado un pacto ilícito

ZONA DELIMITADA PARA LOS AFICIONADOS AL SURF EN LA PLAYA DE BASTIAGUEIRO, EN EL CONCELLO DE OLEIROS. / J.Roller
La Comisión Galega de Competencia ha archivado la denuncia presentada por una asociación contra la adjudicación por parte del Concello de Oleiros de licencias para escuelas de surf y paddle surf para la temporada 2023-2026.
La Subdirección General de Investigación (SUBDIC) abrió diligencias tras advertir un colectivo de una supuesta infracción de las normas de competencia que debería dar por invalidado el reparto de permisos y obligar al Ayuntamiento oleirense a convocar un nuevo proceso de contratación. La asociación denunciaba la coincidencia en dos casos de los representantes de las empresas aspirantes y advertía de supuestas prácticas constitutivas de un reparto del mercado, dada la limitación que imponía el pliego de un máximo de ocho escuelas y 16 alumnos por cada una de ellas.
Competencia analizó el proceso y confirmó la participación de las mismas personas físicas en dos casos. En concreto, dos licitadores como representantes de dos escuelas. En uno de los casos, en el que las dos empresas con vinculaciones lograron licencias, el organismo concluye que, "si bien resulta probada la existencia de una relación y de coincidencias significativas entre las ofertas de ambas, estos indicios no disponen de suficiente fuerza probatoria para determinar la existencia de un comportamiento anticompetitivo".
Tres licencias y una empresa excluida
La comisión llama la atención sobre el hecho de que, en este caso, ambas firmas lograron dos de las ocho licencias para la playa de Bastiagueiro, obtuvieron puntuaciones diferentes en las memorias técnicas y económicas". El órgano colegiado encargado de investigar y, en su caso, sancionar conductas empresariales anticompetitivas admite "coincidencias significativas" entre las ofertas de ambas, pero argumenta que "estos indicios no disponen por sí solos de suficiente probatoria para determinar la existencia de un comportamiento anticompetitivo" y destaca que ambas obtuvieron licencias sin que ninguna de ellas renunciase o retirase su oferta después, lo que daría fuerza a la hipótesis de un pacto ilícito.
En el otro caso de empresas que compartían administrador único, Competencia destaca que una de las firmas fue excluida del proceso por no presentar la oferta propiamente dicha en el plazo de 24 horas después de transmitir la huella electrónica", por lo que impide conocer el contenido de la misma y pronunciarse sobre una posible infracción.
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