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Condenado por amenazar a su cuñado con una navaja en el entorno del Aquapark de Cerceda

Después de iniciarse una reyerta familiar entre dos hermanas que se encontraron en la Vía Verde, el marido de una de ellas sacó un arma blanca frente a la pareja y su sobrina

Una familia frente a las instalaciones del Aquapark de Cerceda.

Una familia frente a las instalaciones del Aquapark de Cerceda. / Casteleiro

Cerceda

La Audiencia Provincial de A Coruña acaba de ratificar la sentencia contra un hombre que amenazó con un arma blanca a su cuñado frente a las instalaciones del Aquapark de Cerceda tras una reyerta familiar.

La Justicia ha desestimado el recurso de apelación presentado por el acusado y confirma una multa de 900 euros impuesta inicialmente por el Juzgado de Instrucción número 7 de A Coruña por un delito leve de amenazas.

Los hechos, que ahora la justicia considera probados de forma definitiva, se remontan a la mañana del 10 de junio de 2024, sobre las 12.00 horas, cuando la víctima paseaba junto a su esposa y su sobrina por la Vía Verde, una zona muy frecuentada por vecinos y visitantes en estas épocas estivales, en la que se encontraron con la hermana de esta y su cuñado.

Al llegar a la altura del Aquapark, cerca de la antigua estación de ferrocarril de la localidad, el matrimonio se cruzó en dirección contraria con el condenado y su mujer. En el momento del encuentro, y tras unas discrepancias previas entre las hermanas, el condenado, que caminaba unos pasos por detrás, se dirigió a su cuñado enseñándole una navaja abierta.

Fillo de puta, chama agora á policía

"Fillo de puta, chama agora á policía", le dijo el acusado a su cuñado tras del desencuentro entre sus parejas. La situación generó tal tensión que la sobrina de los implicados, al percatarse de que el hombre empuñaba una navaja, decidió llevarse a sus tíos del lugar "apresuradamente" para evitar que el accidente pasase a mayores, tal y como señala el relato judicial.

Aunque el acusado negó en su recurso haber exhibido la navaja y alegó un error en la valoración de las pruebas, la magistrada ponente validó el criterio del juzgado de instancia, justificando que la sentencia subraya que el testimonio de la sobrina fue "relevante y coincidente", y describió "con claridad" la forma en la que el hombre atemorizó a la pareja.

El tribunal ha decidido mantener la pena en su grado máximo debido a la gravedad de usar un arma blanca para proferir amenazas a una persona en un espacio público. El condenado deberá abonar ahora una cuota diaria de 10 euros durante 90 días, además de hacerse cargo de las costas procesales del primer juicio.

La Justicia señala además que contra esta resolución de la Audiencia Provincial no cabe interponer recurso ordinario alguno.

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