Una trabajadora contratada por la anterior gestora de la piscina gana un pleito a Sada y pasa a ser personal laboral fijo del Concello
El Ayuntamiento, que gestiona actualmente el complejo deportivo, alegó sin éxito que esta empleada no había superado ningún proceso "con arreglo a los principios de igualdad, mérito y capacidad"
"Vamos a tener que admitir a todos los trabajadores", vaticina el alcalde
El juez que esta norma no puede "perjudicar a los trabajadores que han sido objeto de subrogación"

Piscina de Sada. / LOC
El Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña ha estimado el recurso interpuesto por una trabajadora de la piscina municipal para que el Concello de Sada reconozca una relación laboral fija, con la categoría de monitora disciplinar y con una antigüedad a contar desde el 1 de octubre de 2011, cuando fue contratada por la anterior concesionaria, Hebe Sport.
El Ayuntamiento alegó sin éxito que la subrogación de esta empleada era consecuencia de la decisión del Concello de abril de 2023 de cesar a la concesionaria y gestionar directamente este servicio hasta la convocatoria de un nuevo concurso y que la demandante no había superado ningún proceso de selección "con arreglo a los principios de igualdad, mérito y capacidad".
El juez da la razón a esta trabajadora, que argumentó que había firmado su último contrato de duración indefinida con la empresa Hebe Sport y que la alteración de este hecho "menoscabaría" su situación, teniendo derecho a ser considerada como fija y no como indefinida no fija.
En base a diversa jurisprudencia sobre el alcance de la subrogación, el juzgado concluye que la legislación tiene como finalidad "favorecer la estabilidad en el empleo ante un cambio de empleador para que los afectados puedan mantener ante el nuevo empresario los mismos derechos que tenían reconocidos con el anterior". Las normas, subraya, son aplicables "a empresas tanto públicas como privadas".
El juez rechaza la argumentación del Concello de Sada al entender que los principios de igualdad, mérito y capacidad para el acceso a la función pública "no puede derivar en un argumento que impida aplicar las consecuencias dimanantes de la directiva" del Consejo de la Unión Europea relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas.
"No se trata, como pretende la parte demandada, de que se hayan vulnerado las normas de acceso a la función pública [...] sino de no perjudicar a los trabajadores que han sido objeto de subrogación", recoge la sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
El fallo salió a relucir en el pleno ordinario de este jueves a raíz de una pregunta de la portavoz del PP, Esperanza Arias. "Van a ganar todos, vamos a tener que admitirlos a todos", replicó el alcalde, Benito Portela, que matizó, con todo, que "la situación no cambia" porque los trabajadores se rigen por el "convenio de instalaciones deportivas aunque sean personal laboral fijo del Concello de Sada".
Y el caso contrario, de personal municipal a trabajadora de la empresa concesionaria
La sentencia trascendió en el debate del nuevo contrato del servicio de ayuda en el hogar, al hilo de una observación de la secretaria, que consideraba preciso subrogar a la nueva empresa concesionaria a una trabajadora municipal adscrita a la modalidad de libre concurrencia al entender que suponía una anomalía mantener en plantilla a esta empleada cuando el resto de las trabajadoras formaba parte del personal de la empresa.
El Ejecutivo municipal se negó a atender esta recomendación de Secretaría y apeló a un informe de la asesoría de la Diputación que concluía que esta subrogación, pese a ser recomendable, no era obligatoria. "No hay ningún precepto legal que nos obligue a hacerlo. Esta trabajadora aprobó un proceso selectivo en 2006, su plaza fue anulada y la ganó en 2024, ¿después de 18 años de un via crucis con su plaza una vez que la ganó la vamos a pasar a la empresa?", se preguntó el regidor, que advirtió de las posibles consecuencias legales que podrían derivarse de este traspaso.
Su decisión fue cuestionada especialmente por Unidos por Sada, que admitió que no había ninguna ley que obligase a esta subrogación. "Si se debe y se puede hacer mejor no nos vale que se nieguen a hacerlo por comodidad o por no molestar a nadie", replicó Soraya Salorio, que subrayó que, tal y como recogía Secretaría en su informe, esta medida está recogida en el estatuto de trabajadores y la propia asesoría provincial la considera "recomendable".
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