Audiencia Provincial
Condenado por provocar un accidente al cerrar un camino con una barricada en Paderne
"Si tienes el capricho de pasar por aquí y matarte, mátate", increpó supuestamente al acusado a un motorista que sufrió una caída

Audiencia Provincial de A Coruña. / LOC
"Si tienes el capricho de pasar por aquí y matarte, mátate". Es la respuesta que, supuestamente, recibió un motorista que sufrió un accidente en 2023 en Paderne al tropezar con una especie de barricada instalada por un vecino para disuadir a transeúntes y conductores de adentrarse por un camino que consideraba de su propiedad. La Audiencia Provincial acaba de confirmar la condena a este padernés por delitos contra la seguridad vial, coacciones y lesiones, por los que ha sido castigado a un año de cárcel, el pago de una multa de 3.360 euros y 437 euros por los daños causados en la moto, con reserva de las acciones civiles por las lesiones causadas.
El accidente se registró el 24 de julio de 2023, cuando el motorista se topó, como en otras ocasiones, con una especie de barricada a base de palos que obstruían un camino y que incluía además un alambre y un hilo de nylon cuya presencia no advirtió y que le hicieron perder el control del vehículo y caer al suelo. A consecuencia del golpe sufrió una contusión en un brazo que precisó de tratamiento médico para su curación.
El denunciado alegó contra la condena y defendió que las pruebas eran insuficientes para enervar la presunción de inocencia. Reclamó además la nulidad de las grabaciones al entender que no cumplían los requisitos para su validez y defendió que no podía entenderse que había obstaculizado el paso alegando que no había tal camino.
Sus alegatos fueron rechazados por los jueces, que ven probado que este paso se utilizaba como público y que el acusado hizo uso de la violencia para impedir la libertad de tránsito y "doblegar la voluntad de los usuarios del camino": "Las características del obstáculo y la evidente falta de visibilidad del alambre e hilo de nylon determinan la existencia de un riesgo grave y real". Los magistrados no se pronuncian sobre la validez o no de las grabaciones y concluyen que, "aun prescindiendo de la citada grabación, la prueba de cargo existente sería suficiente".
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