La justicia ratifica la multa a una maderera por el accidente de un talador en un monte de Abegondo
Mientras cortaba un eucalipto, una rama que se encontraba suelta en lo alto se desprendió e impactó directamente contra el brazo del trabajador, causándole graves lesiones

Iamgen de archivo de una tala de eucaliptos junto a una carretera. / IÑAKI ABELLA DIÉGUEZ
La sección de lo Social del Tribunal de Instancia de A Coruña ha ratificado la sanción impuesta por la Xunta a una empresa forestal a raíz de un accidente laboral ocurrido en un monte de Abegondo. La resolución judicial desestima la demanda de la empresa y confirma la multa de 2.451 euros propuesta inicialmente por Inspección de Trabajo por una infracción grave en materia de prevención de riesgos.
Los hechos se remontan a abril de 2020, cuando el operario, que llevaba menos de un año trabajando en la empresa, se encontraba realizando labores de corta en una masa forestal de Abegondo. Mientras cortaba un eucalipto, una rama que se encontraba suelta en lo alto de la copa se desprendió e impactó directamente contra su brazo, causándole lesiones graves que le obligaron a causar baja por Incapacidad Temporal.
Falta de planificación y revisión
La empresa recurrió la sanción administrativa alegando que se había tratado de un "caso fortuito" e imprevisible, argumentando que la rama no se podía ver desde el suelo a simple vista. Sin embargo, la magistrada-juez tumba estos argumentos basándose en los informes periciales y en la propia Inspección de Trabajo.
La sentencia recoge que, en el momento del accidente, la empresa no tenía incluida en su evaluación de riesgos del puesto ni en su planificación preventiva la obligatoriedad de revisar previamente los árboles para detectar ramas sueltas antes de talar. Aunque la firma disponía de un manual genérico de tala del año 2014 que sí mencionaba esta medida, el tribunal determina que esta pauta "no se aplicó el día del accidente de forma adecuada".
El fallo judicial desmonta la versión de la maderera de que era "imposible detectar el peligro desde el suelo". La jueza señala que el propio técnico de prevención de la empresa propuso tras el siniestro "insistir a los trabajadores en la obligación de realizar una comprobación previa", lo que demuestra que el accidente se pudo haber evitado.
Además, la prueba pericial practicada durante el proceso evidenció que existen diferentes procedimientos técnicos para detectar maderas muertas o ramas inestables en la parte superior de la copa del árbol "más allá de la mera comprobación visual" desde la base.
Por todo ello, el tribunal dictamina que existió un incumplimiento en el mantenimiento seguro del lugar de trabajo que puso en "riesgo grave" la integridad física del talador, por lo que ratifica íntegramente la sanción económica. Contra esta resolución ya no cabe recurso ordinario de suplicación.
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