Agricultura aplica una nueva regulación para la concesión de ayudas a la flota afectada por el desguace de barcos. Se trata de una orden, publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que establece las bases para los subsidios a la demolición de buques pesqueros, destinados a la paralización definitiva de su actividad, así como a las medidas socio-económicas de acompañamiento. Los fondos benefician a los armadores y tripulantes afectados por planes de ajuste, como consecuencia de medidas de recuperación de los caladeros o por la paralización o no renovación de un acuerdo entre la UE y un tercer país.

La financiación se establecerá en los Presupuestos Generales del Estado, con aportación del Fondo Europeo de la Pesca. Podrán recibirla los propietarios de buques que hayan ejercido la actividad al menos 90 días en cada uno de los dos períodos de doce meses anteriores a la solicitud, o al menos 120 días en el año anterior. En el caso de los pescadores, el requisito será haber estado dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar durante un mínimo de 12 meses.

Entre los criterios para las prioridades en la concesión de las ayudas, la orden cita la edad de los buques, el arqueo, la edad de los tripulantes y, en el caso de la merluza norte, el porcentaje de posibilidades de pesca del navío.