Los productos pesqueros y acuícolas, tanto en fresco como congelados, que no alcancen en primera venta los precios mínimos establecidos por la administración no podrán terminar convertidos, como hasta ahora ocurría mayoritariamente, en harina de pescado. Así lo establece desde el pasado 1 de enero la Organización Común de Mercados (OCM), una de las "patas" de la reforma de la Política Pesquera Común que el pasado año aprobó Bruselas. Y, entre las novedades que establece para el sector pesquero, en lo que se refiere a la comercialización, está, precisamente, la obligación de que todo el pescado y marisco tenga como destino el consumo humano.

Para aplicar esta medida, se mantienen los precios mínimos de referencia para cada una de las especies, por debajo de las cuales no se permite la comercialización en primera venta y se obliga a su retirada del mercado -con ayudas de compensación para los productores- en un intento de evitar desplomes de precios que comprometan la viabilidad del sector al llegar al mercado incluso productos con cotización por debajo del coste de producción. Y, mientras en años precedentes, el pescado retirado del mercado por baja cotización se enviaba mayoritariamente a las fábricas de harina de pescado o se entregaba a la beneficencia, desde el 1 de enero, el sector está obligado a almacenarlo en las debidas condiciones de conservación y frío durante un plazo de mínimo de cinco días, tras el que puede volver al mercado y comercializarse con cotización abierta o destinarse a la industria transformadora para consumo humano.

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer los denominados precios de "activación" de ese mecanismo de almacenamiento de los productos pesqueros en una orden que detalla la cotización mínima de todas y cada una de las especies que se comercializan en España. Con anterioridad a la aprobación de la OCM, era la propia UE quien establecía cada año esos precios mínimos, pero desde el 1 de enero, son los propios Estado quienes los fijan de acuerdo con el sector afectado.

Es por ello que la revisión establecida desde ayer en España para este año marca cotizaciones algo más elevadas que las últimas fijadas por Bruselas, tal como aseguraron ayer los armadores gallegos, que mostraron su satisfacción y explicaron que los nuevos precios "se fijan más altos para adecuarlos a la realidad del mercado pesquero español, diferente al comunitario".

Como muestra de las mayores cotizaciones que se establecen se puede usar la de la merluza, la especie más consumida en España y para la que a su mayor talla se fija un precio mínimo de primera venta de 3,40 euros frente a los 2,91 que fijó en su última orden Bruselas. Otro ejemplo es el de la cigala de talla intermedia, cuyo precio mínimo anterior era de 3,55 euros, que pasa ahora a 5,50 euros.

Ahora, el sector espera a la orden del Gobierno para establecer las ayudas a los productores por la retirada de su mercancía del mercado. Hasta ahora era de unos 20 céntimos por kilo, aunque las ayudas nunca compensarán más de 15% de los desembarcos anuales de la especie de que se trate.