El dicho popular lo deja bien claro cuando el mismo se aplica a acciones gubernativas conducentes no a solucionar problemas, sino a crear situaciones que hacen que estos sean mayores.

Es el caso de la reforma que el Gobierno plantea del reglamento general de Costas y que siembra la preocupación y la inquietud en el sector pesquero gallego. Este considera que la tal reforma pone en riesgo más de un centenar de empresas de Galicia: conserveras, depuradoras de moluscos, cocederos e instalaciones de acuicultura.

La pretensión ahora del sector pesquero y de la Consellería do Mar se centra en lograr que el Ejecutivo mitigue el impacto de la modificación propuesta y los cambios que la misma implica. Por ejemplo, el plazo de duración de las concesiones en base al cómputo de las prórrogas, que quedarían en un máximo de 75 años (prórrogas incluidas) cuando hasta el momento no se contabilizaba la concesión inicial sino únicamente las prórrogas.

La necesidad de revisar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la concesión cuando se proceda a decidir sobre la prórroga es otro caballo de batalla, por cuanto hay que sumar la obligatoriedad de derivar fuera de la zona de dominio público marítimo-terrestre todas las actividades que puedan emplazarse en otro lugar. Esto complicaría sobremanera la rentabilidad de algunas empresas e incluso, probablemente, de instalaciones de carácter más o menos oficial utilizadas por el sector pesquero, como ha ocurrido con el edificio de la cofradía de pescadores de Cariño.

La reforma del reglamento viene justificada en gran medida por el Gobierno en el sentido de lograr así una mayor protección del litoral y la seguridad jurídica. Para ello revisa determinados aspectos del Reglamento de 1989: los criterios técnicos necesarios para la determinación del dominio público marítimo-terrestre, basados en un amplio debate técnico y en la experiencia acumulada en la realización de los deslindes. También se regula la intervención del Registro de la Propiedad y el Catastro en los citados deslindes, y desarrolla elementos novedosos como son el régimen aplicable a los tramos en situación de regresión grave, o los diferentes requisitos de ocupación según las playas sean o no naturales. En el caso de ser concesiones ordinarias no podrán en ningún caso exceder de los 75 años.

El reglamento pretende determinar el dominio público marítimo-terrestre y asegurar su integridad y adecuada conservación, adoptando en su caso las medidas de protección y restauración necesarias y, cuando proceda, de adaptación teniendo en cuenta los efectos del cambio climático; garantizar el uso público del mar, de su ribera y del resto del dominio público marítimo-terrestre, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas.

Pretende asimismo regular la utilización de estos bienes en términos acordes con su naturaleza, sus fines y con el respeto al paisaje, al medio ambiente y al patrimonio histórico; conseguir y mantener un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar.

La inquietud de los afectados es más que justificada. Y el sector pesquero gallego ha dado ya un primer paso para modificar esas pretensiones por cuanto se pone en juego una parte muy importante de su medio de vida.