Cambre

El Superior rechaza la suspensión cautelar de la tasa de telefonía móvil en Cambre

Los magistrados consideran que, de resolverse en favor de la compañía el proceso judicial contra la ordenanza, la solvencia del Concello garantiza los derechos de la operadora

Antena de telefonía móvil ubicada sobre un edificio en la Costa da Tapia. / fran martínez

Antena de telefonía móvil ubicada sobre un edificio en la Costa da Tapia. / fran martínez

Ana Blasco | Cambre

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado la petición de Vodafone España para la suspensión cautelar de la nueva tasa de telefonía móvil del Ayuntamiento de Cambre mientras se resuelve el proceso judicial iniciado contra la ordenanza fiscal de la ocupación de dominio público.

El pago de esta tasa afecta a todas las compañías de telefonía móvil que operen en el municipio y a las entidades bancarias que dispongan de cajeros abiertos en la vía pública. El fin es aumentar la recaudación para combatir la merma de ingresos en otro tipo de cánones como los relativos a la construcción. Es la Federación Española de Municipios y Provincias la que ha aconsejado esta medida.

Los magistrados de la sala de lo contencioso del TSXG consideran que permitir la aplicación de la tasa mientras no se resuelva el proceso judicial abierto no crea una situación "irreversible" de perjuicio a la empresa de telefonía. Subrayan que se trata de una disposición general que no afecta sólo a Vodafone España y que, además, reporta cuantiosos ingresos al Concello de Cambre.

Tampoco convence a los jueces la justificación de la compañía telefónica sobre los perjuicios que les ocasiona esta medida: "El recurrente se limita a indicar que la no suspensión le provocaría graves perjuicios sin concretarlos económicamente". Asimismo, recuerdan a Vodafone España que sus derechos están "suficientemente garantizados" por la solvencia de la Administración local.

Este fallo es firme desde el pasado 21 de junio. Los tribunales ya han solicitado más información al Concello para poder continuar con el proceso judicial abierto por la operadora contra la ordenanza.

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