Este año hemos celebrado el aniversario de la Constitución de 1978 con una nueva cesión de la soberanía nacional. Me refiero a la que perpetraron Zapatero y Rajoy al ponerse de acuerdo para incluir en el texto un límite al déficit del Estado y del resto de las administraciones públicas, que no ha de superar en ningún caso los márgenes que establezca la Unión Europea. Las conversaciones entre los líderes de los dos grandes partidos se celebraron discretamente y a resguardo de la opinión pública y de los órganos rectores de sus respectivas formaciones. Y el momento elegido para dar a conocer el resultado no dio margen para la respuesta política, ya que estábamos al final de las vacaciones de agosto y a escasos días de la disolución del Parlamento. Pese a todo, la sorpresa fue general, especialmente entre los potenciales votantes socialistas, pero la reforma se tramitó y aprobó por la vía de urgencia. Aunque, antes de eso, hubo que representar el sainete de la supuesta oposición del candidato del PSOE, señor Pérez Rubalcaba, a fijar un límite concreto al déficit en el texto constitucional y dejar esa especificación para un momento posterior por medio de una ley orgánica. Pocas veces, como en esta ocasión, se habrá podido visualizar con toda claridad a qué ha quedado reducido en la práctica el sistema de representación popular en una democracia parlamentaria moderna dominada por el bipartidismo. En el ámbito nacional mandan los líderes de los dos principales partidos que se alternan en el manejo de la gobernación. En el ámbito europeo, esa coalición bicéfala de Alemania y de Francia que se conoce en los medios con el nombre un tanto ridículo de "Mercozy" (la síntesis comercial de Merkel y Sarkozy). Y en el resto del mundo, ya declinante la gran potencia norteamericana, eso que eufemísticamente conocemos como "los mercados", es decir, el ultraliberalismo financiero desregulado y sin control. De hecho, el propio presidente español, señor Zapatero, al ponderar las ventajas de la última reforma constitucional, declaró que se trataba de "mandar un mensaje claro a los mercados de austeridad y de rigor". Está por ver, en medio de este caos, cuál será el efecto de este límite constitucional al déficit de las administraciones públicas, que en el fondo es una mala copia del establecido en 2009 en la Constitución alemana. No obstante, algunos críticos no dejan de reseñar que si ese texto ya hubiera entrado en vigor al inicio de la galopante crisis de empleo que padecemos muy posiblemente el Estado no hubiera dispuesto de dinero bastante para pagar el paro sin recurrir a una brutal subida de impuestos. En cualquier caso, esta nueva cesión de soberanía viene a unirse a otras muchas que también figuran en nuestra tan alabada Constitución de 1978. El profesor Joan E. Garcés, en su esclarecedor libro Soberanos e intervenidos, hace varias citas concretas. Así, el artículo 93, que permite transferir por ley orgánica a organizaciones o instituciones internacionales competencias inherentes al Estado sin ninguna limitación; el artículo 96.1, que establece que las disposiciones de los tratados internacionales solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas de derecho Internacional, sin ninguna cláusula de reciprocidad; el artículo 38, que consagra la libertad de empresa y la economía de mercado poniéndola a cubierto de eventuales formulas socializantes etc., etc. En definitiva, la Constitución facilita la disgregación del Estado hacia fuera (instituciones internacionales) y hacia dentro (autonomías).