El PSOE no solo tendrá un papel decisivo en la investidura sino que también lo jugará en el gobierno y la organización y funcionamiento del Congreso de los Diputados por su nueva y fragmentada composición. No en el Senado donde la mayoría absoluta del PP facilita las cosas. La Constitución dice que "las Cámaras establecen sus propios Reglamentos" y que, conforme a ellos, "las Cámaras eligen sus respectivos presidentes y los demás miembros de la Mesa". Los Reglamentos regulan también la formación de los grupos parlamentarios como actores principales de la vida parlamentaria. El presidente del Congreso será elegido por mayoría absoluta en primera vuelta y por mayoría de votos en la segunda en una votación entre los dos candidatos más votados en la primera vuelta. Serán elegidos también para la Mesa cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios los diputados que obtengan mayor número de votos. Serán las primeras decisiones importantes del Congreso tras su constitución porque las funciones de la Mesa y su presidente no son menores. Y serán decisiones muy reveladoras de los pactos del PSOE sobre la investidura. Es improbable que el PP consiga la presidencia de la Cámara y la investidura sin que el PSOE obtenga nada a cambio. Más probable es el acuerdo que diera aquella a un socialista a cambio de investir a Rajoy. Pero si accede un socialista a la Presidencia con apoyo de Podemos y de algunos grupos minoritarios será lógico deducir que Sánchez ha cerrado también su investidura con los mismos apoyos.

La segunda decisión importante del PSOE afecta a la constitución de los grupos parlamentarios. El Reglamento prohíbe que formen grupos separados los diputados de un mismo partido. Así se impide que los grandes puedan multiplicar su voz en grupos de quince diputados como hizo el PSOE en los primeros ochenta con el grupo socialista vasco, el catalán y el socialista a secas. Por eso, si Podemos es considerado un único partido solo formará un grupo. ¿Podría entenderse que no lo es y permitir que, además de Podemos, formen los suyos En Marea, Compromis y En Comú Podem? El Reglamento establece que: "Tampoco podrán formar grupo separado los diputados que, al tiempo de las elecciones, pertenecieran a formaciones políticas que no se hayan enfrentado ante el electorado". Se protege así la libre elección del votante y la correspondencia entre su voto y la representatividad que expresan los grupos en la cámara. Pues bien, en Galicia no se enfrentaron porque Podemos se integró junto a En Marea, Anova y EU en la candidatura En Marea oficialmente proclamada. En la comunidad Valenciana ocurrió lo mismo con la candidatura Compromís-Podemos-És el Moment. Y en Cataluña tampoco se enfrentó Podemos a En Comú Podem, porque sus candidatos figuraban en esa candidatura. Los electores no tuvieron oportunidad de elegir entre la papeleta de Podemos y otra de En Marea, Compromís y En Comú Podem por la sencilla razón de que Podemos no presentó papeleta propia con la que competir. En todo caso, la decisión sobre la formación de los grupos corresponde a la Mesa. Si se acepta la formación y el PP recurre la decisión de la Mesa en amparo al TC, el recurso se inadmitíría. Hay un precedente. Y si la Mesa, como es debido, no acepta esos grupos y ellos mismos recurren en amparo al TC podría ocurrir que terminada la legislatura aún no hubiera sentencia. También hay precedentes.

Cosas que pasan.