Escuchaba hace unos días las declaraciones de una madre sobre la diferencia entre el derecho a la educación, establecido en el artículo 27 de la CE, y el deber de escolarización -fuere en el tipo de centro que fuere, público, privado, concertado, segregador o la simple convivencia familiar- para lograr el aprendizaje y la socialización de las criaturas. En resumen venía a decir que la familia era libre y responsable de garantizar el derecho a la educación de sus hijos sin que el estado, sus conciudadanos, estuviesen presentes en tal educación. Sé que es una tendencia al alza, por ejemplo en USA, donde hay familias, incluso sectas, que solo se preocupan de explicar el uso de las armas, de la recta disciplina enseñada en la iglesia de turno o de los fundamentos de una comuna más o menos antisistema. También está de moda, por aquí, que se funde alguna escuela de la pradera, de funcionamiento monolingüe en inglés en la que se agrupen los retoños de los clanes con abundantes posibles que consideran necesarios preceptores, institutrices particulares -escogidos y remunerados sin convenio colectivo- que administren las potencialidades de las criaturas a imagen y semejanza de sus progenitores y de sus futuras herencias.

Seguro que el avispado lector ya se habrá dado cuenta de mi voluntad para sostener que el art. 27 de la CE se desarrolle mediante ley orgánica de escolarización pública, mejor que hasta ahora, para prevenir fracasos de froilanes tras los cuales no quedaría más remedio que la intervención de los servicios sociales o de la misma justicia.

Viene a cuento porque parece ser que los nuevos barandas de Andalucía quieren introducir en la escuela el PIN parental, para decidir qué valores y contenidos se explican a sus retoños, si han de ir coloreados a la brasileña en sus ropajes, si se puede hablar de Darwin o del efecto de acción-reacción de la tercera ley de Newton. Pobres docentes, que no puedan huir de semejante desaguisado, que tengan que mandar al teléfono de los padres un mensaje y, en él, pedir permiso para hacer un comentario de texto sobre San Juan de la Cruz por la interpretación erótica de sus versos:

"En una noche oscura / con ansias, en amores inflamada, / oh dichosa ventura! / salí sin ser notada, / estando ya mi casa sosegada (?) En la noche dichosa / en secreto, que nadie me veía, / ni yo miraba cosa, / sin otra luz y guía, / sino la que en el corazón ardía. (?) Quedeme, y olvideme, / el rostro recliné sobre el Amado, / cesó todo, y dejeme, / dejando mi cuidado / entre las azucenas olvidado".

Quizá añoren la educación de La casa de la pradera, aquella idílica familia Ingalls y su inolvidable hija Laura que repoblaban tierras de Minnesota en la reconquista de América, ¿o era una invasión y no una reconquista? Habrá que revisarla.