Justicia

Retiran la custodia a una madre por llevarse a su hijo a Madrid apartándolo del padre con "mala fe"

EUROPAPRESS

En un auto del juzgado de Familia número 7, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado Francisco Serrano explica que los hechos se remontan a septiembre de 2008, cuando ambos progenitores suscribieron un convenio en el que "libre y voluntariamente" se establecía un régimen de custodia a favor de la madre y un régimen de visitas para el padre "por el cual se facilitaba una saludable y habitual relación paternofilial".

El juez entiende que el citado convenio se consensuó sobre la base de que la madre tenía fijada su residencia en Sevilla, "sin que hubiera previsión alguna de traslado de domicilio". No obstante, el juez aprecia "una indudable mala fe en la actuación de la madre" puesto que "ocultó un propósito e intención" --el cambio de domicilio-- que hubiera impedido que su ex compañero sentimental y padre de su hijo hubiera aceptado las condiciones pactadas de la custodia.

Así las cosas, la mujer contrajo un nuevo matrimonio el 3 de enero de 2009, lo que implicaba, según el juez, "una absoluta alteración de prácticamente todo lo acordado" que, además, conllevaba "importantes consecuencias lesivas y que podían perjudicar los intereses del menor".

En la resolución judicial, el juez Serrano advierte de que el padre del menor fue informado del cambio de domicilio --a una localidad en la que "sólo viven" dos niños de la edad de su hijo-- de forma "brusca y repentina", por lo que, según el sentimiento del propio progenitor, su hijo iba a quedar apartado de él pasando a vivir a otra localidad "en un desarraigo y destierro impuesto".

"EL NIÑO ES FELIZ EN SEVILLA"

Según defiende el juez, la situación de "desarraigo" existe ya que el pequeño "ha nacido y se ha criado en Sevilla", donde se encuentra "perfectamente integrado en su entorno, pues en esta ciudad tiene sus amigos, familia y colegio". "Su rendimiento escolar es inmejorable", agrega Serrano, quien asevera que "el niño es feliz en Sevilla, con independencia de que sea su madre o su padre quienes se ocupen de su cuidado".

Al hilo del ello, el auto recoge que la nueva situación provocaría "una alteración brusca" porque el menor tendría que ir a una localidad "aislada" de la sierra de Madrid, "donde no hay niños de su edad" y donde tendría que "desplazarse a más de 30 kilómetros diariamente para ir al colegio".

Por todo ello, el juez ha decidido otorgar con carácter urgente y cautelar la guarda y custodia del hijo menor al padre, "con lo que se evitaría la situación de riesgo y peligro". Ahora será la madre quien verá los fines de semana al pequeño y quien debe abonar una pensión alimenticia mensual.

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