Luis María Uriarte, el fiscal especializado en Criminalidad Informática de la provincia de Pontevedra, decidió encargarse de realizar el escrito de acusación de este caso. Aunque finalmente no fue el responsable de ir al juicio -lo hizo un fiscal de Vigo- ayer valoraba de forma positiva una condena que calificó de "novedosa".

-El condenado ofrecía en su web películas en streaming, ¿cuáles son las características de esta modalidad cada vez más extendida en internet?

-Es una modalidad técnica que permite ver u oír un archivo multimedia directamente de una página web sin necesidad de descargarlo antes al ordenador: lo que se va escuchando o viendo se almacena en un búfer del ordenador. Es igual que si estuvieras viendo un vídeo en You Tube, lo haces ya on line. Es un fenómeno que lleva tiempo, pero sigue siendo más habitual bajar las películas u otro tipo de archivos a través de eMule, por ejemplo. En este caso hasta que acabes la descarga no la puedes ver.

-Las condenas por delitos contra la propiedad intelectual cometidos en internet son muy infrecuentes...

-Es cierto. Hay que tener en cuenta que el 99,9% de las películas que se descargan en internet las bajan particulares para consumo propio. Lo esencial para que la conducta sea delictiva es que exista ánimo de lucro. Y en el caso de Vigo era evidente, porque el administrador de la página web cobraba a los usuarios por el visionado de las películas. En otro casos no cobran, pero ganan dinero a través de la publicidad: el beneficio es mayor o menor en función del número de visitas a la web. No se considera delito el ver una película en casa sin existir ánimo de lucro, pero eso no significa que sea una conducta lícita, sino que puede ser constitutiva de un ilícito civil.

-¿Por qué es tan difícil localizar a los responsables de las páginas que comercializan en la red con creaciones protegidas por los derechos de autor?

-Fundamentalmente porque no están establecidas en España. Eso dificulta enormemente el trabajo policial.