Un niño con down recibirá 1.500 euros al mes por un fallo en su diagnóstico

Un error en la prueba de la amniocentesis propició su nacimiento con la enfermedad

Agencias

El Tribunal Supremo ha condenado a la Generalitat Valenciana y a la Universidad Miguel Hernández de Elche a pagar 1.500 euros mensuales a un niño que nació con síndrome de Down por un error en la prueba de amniocentesis. Además, la Comunidad tendrá que indemnizar con 150.000 euros a los padres del niño.

La indemnización la abonarán de forma subsidiaria la Generalitat y el laboratorio de la Universidad de Elche, que fue quien realizó la prueba con la muestra de otra persona.

La Generalitat Valenciana alegó que sólo se pueda indemnizar en los supuestos de edades genéticas con error de diagnóstico al daño moral "de privar a la madre de la posibilidad de decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo" porque falta el nexo casual entre la actividad sanitaria y el síndrome con el que nace el hijo y costes o gastos anudados a ello.

La Sala de lo Contencioso- Administrativo del alto tribunal respondió a esto con otra sentencia del Tribunal Supremo, en la que se señala que "los gastos derivados de la crianza de los hijos no constituyen un daño en circunstancias normales; pero, cuando se separan de lo habitual e implican una carga económica muy superior a la ordinaria, se entiende que puede haber daño y proceder la indemnización".

Por otro lado, la Comunidad, que era la parte recurrente, consideró que existía una "falta indebida de correlación entre lo que solicitaron los padres y la pensión vitalicia que le otorgó la sentencia".

Tracking Pixel Contents