La Sala Primera del Tribunal Supremo considera que los actos de maltrato físico y psicológico "son una cuestión socialmente relevante y de interés para la comunidad" por lo que está justificado que en la cobertura informativa de estas noticias, los medios publiquen la identidad del acusado de violencia de género.

La sentencia resuelve un recurso de casación en materia de derechos fundamentales que nació después de que un particular demandase al diario La Región, por publicar su nombre, apellidos y una fotografía suya en el juzgado los días 5 y 18 de noviembre de 2004, como implicado en un procedimiento penal por maltrato familiar.

Por otra parte, el Supermo acordó mantener la pensión compensatoria vitalicia que recibía una mujer divorciada desde hace 15 años, rechazando la pretensión del exmarido de declararla extinguida por el tiempo transcurrido y porque ella recibió una herencia de sus padres.