El Consello Galego da Competencia ha abierto un expediente sancionador contra los cuatro colegios profesionales de farmacéuticos de Galicia porque la plataforma informática que diseñaron para prescribir la receta electrónica estaría restringiendo a las 1.318 boticas gallegas la adquisición de medicamentos, productos de parafarmacia y otros artículos de venta habitual, así como el acceso a las empresas que los distribuyen. El órgano presidido por Francisco Hernández ve "indicios racionales de prácticas anticompetitivas" y tiene ahora 18 meses de plazo para la instrucción del expediente y resolver si finalmente impone una multa o archiva la causa.

La investigación que ahora inicia su fase final se inició el 15 de diciembre de 2009, cuando Competencia recibió la denuncia de la responsable de una farmacia. Tras las primeras indagaciones, el entonces Servicio Galego de Defensa da Competencia concluyó que no había irregularidad alguna en el sistema informático diseñado por los colegios de farmacéuticos, pero el pleno del Tribunal Galego da Competencia revocó el acuerdo y ordenó una nueva investigación en profundidad, tras lo cual, y al apreciarse indicios de prácticas irregulares, se da ahora paso al expediente sancionador.

El problema reside en la plataforma informática diseñada por los colegios profesionales para la dispensación de la receta electrónica y la comunicación telemática entre los servidores del Sergas y todas las oficinas de farmacia de Galicia. A cambio de este servicio, se exigen a las boticas una serie de requisitos de los cuales dos son sospechosos de incurrir en una ilegalidad.

Uno es que las boticas tendrán acceso limitado a internet, únicamente restringido a las páginas webs que los colegios autoricen y consideren seguras. "Esto supone que no se pueda acceder a determinadas páginas web de empresas que suministran productos de parafarmacia e impide que funcionen sus cuentas de correo", argumenta el Consello Galego da Competencia. Y el segundo requisito conflictivo es el que exige a las farmacias que, para acceder libremente a internet y a otros proveedores, tengan otro ordenador totalmente independiente, en el cual no podrán utilizar las aplicaciones informáticas de gestión ordinaria de las oficinas de farmacia, "lo que resulta claramente incómodo" y poco práctico.

Este sistema, según Competencia, "por su propia naturaleza constituye una violación de lo dispuesto en las normas, puede producir o produce el efecto de restringir la competencia y limita la distribución de los artículos que las oficinas de farmacia adquieren para su venta retallista".

En su informe, Competencia sostiene también que la utilización de la plataforma informática facilitada por los colegios profesiones de farmacéuticos de Pontevedra, A Coruña, Lugo y Ourense "limita el acceso a cierta empresas de medicamentos, lo que constituye una restricción del mercado que no puede compensarse con otras eventuales ventajas derivadas de la puesta a disposición de esa información en las oficinas de farmacia".

En sus consideraciones, todavía no concluyentes y con el aviso de que la apertura del expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación, Competencia interpretaba en su último informe que los colegios profesionales de farmacéuticos pueden considerarse operadores económicos con capacidad para afectar al mercado, por lo que tienen que ajustarse a las normas de competencia; que existió una voluntad de formalizar un pacto y que de ese acuerdo se "deriva una conducta homogénea en las cuatro provincias apta para restringir la competencia en el mercado".