La profesora Mónica Parada fue la encargada de pronunciar la clase magistral con la que se inauguró el presente curso en la Escola de Imaxe e Son de A Coruña, en la que habló a los alumnos acerca de qué es lo que permite y lo que prohibe la legislación en materia audiovisual, tema sobre el que la ponente elaboró un manual en el que da respuesta a las preguntas más frecuentes sobre este tipo de normativa.

-¿Por qué decidió usted profundizar en el estudio del derecho audiovisual?

-Los profesionales del audiovisual nos enfrentamos diariamente a dudas relacionadas con qué es lo que podemos y lo que no podemos hacer y es por eso por lo que empecé a interesarme por el tema. Elaboré el manual con la idea de que sirviera como herramienta de consulta a fotógrafos, realizadores y otros profesionales.

-Entonces, puede considerarse su obra como un diccionario sobre derecho audiovisual.

-Intenté plantear el manual de una forma sencilla, para que resultara fácil de entender y ameno. La fórmula es la de pregunta y respuesta. Hay una serie de preguntas, que son las que considero más frecuentes, y una respuesta para cada una de ellas.

-Como experta en legislación del sector audiovisual. ¿Qué opina sobre la piratería como fenómeno que atenta contra los derechos de autor?

-La piratería parece algo inevitable y, de hecho, hay muchos artistas que la toleran porque prefieren que se les escuche en muchos sitios y ganar así más dinero con los conciertos. Los artistas solo ganan un 9% de lo que se paga por cada disco.

-¿Cuáles son las normas prohibitivas que considera más llamativas o desconocidas por los profesionales?

-A la gente suele llamarle bastante la atención que esté prohibido sacar fotografías de la gente dentro de aviones, trenes o autobuses. La legislación considera que las personas que viajan en estos medios de transporte, al pagar el billete, no solo pagan por el desplazamiento, sino también por un espacio de intimidad.

-También existirán actuaciones que muchos profesionales consideran prohibidas y que, sin embargo, están permitidas.

-Es interesante, por ejemplo, que un guardia de seguridad no tiene potestad para impedir que alguien saque una fotografía de un edificio. Solo puede impedirlo si el edificio es estratégico, como son los edificios militares o los que están relacionados con la seguridad. Muchos profesionales obedecen cuando les ordenan no tomar fotos de un edificio y, sin embargo, la normativa no autoriza al guardia ni a que los eche ni a que les ordene borrar las imágenes o vídeos.