Manifestar anticipadamente la voluntad sobre las actuaciones médicas que se desean o no recibir en caso de padecer una enfermedad irreversible o terminal que lleve a la persona a no poder expresarse por sí misma. Este es el objetivo del documento de instrucciones previas o testamento vital. Este documento, por sí mismo, es aplicable en el ámbito sanitario pero, para facilitar su eficacia en toda España, lo ideal es registrarlo. Galicia cuenta desde febrero de 2008 con el Rexistro Galego de Instrucións Previas en el que ya están inscritas 2.582 personas (datos hasta el 20 de diciembre pasado), de las que 957 se anotaron en este último año. De ellos, el 53% (506) residen en la provincia de A Coruña, 306 en Pontevedra, 101 en Ourense y 44 en Lugo.

"Desde su nacimiento, el número de personas ha aumentado año a año. Comenzamos por 100, luego 300, 500... hasta los más de 900 del último año", explica Margarita Tasende, técnica sanitaria de Sanidade y una de las participantes en la elaboración de la Guía de Instrucións Previas sobre Coidados e Tratamento da Saúde. Este registro sirve para hacer efectivas las instrucciones de las personas que firman el documento en caso de enfermedad incurable avanzada, terminal o situación de agonía y también gestiona su modificación, sustitución o revocación.

Los requisitos para hacer un testamento legal son muy sencillos: ser mayor de edad, capaz y libre. Sin embargo, cumplimentar este documento "debe ser una tarea reflexionada y bien informada, consultar con el médico de cabecera, con las personas queridas... esto no es un simple trámite", destaca Tasende. De hecho, en la guía que editaron se recomienda también "compartir, con quien considere más próximo, lo que entiende por llevar una calidad de vida razonable y digna, sus objetivos, sus creencias morales y espirituales, sus preocupaciones, las razones por las que puede rechazar o aceptar un determinado tratamiento".

Un testamento vital puede entrar en detalles concretos y tan personales e indelegables como si se desea o no ser conectado a un respirador artificial en caso de insuficiencia respiratoria o más generales como el derecho a una muerte digna, la negación a un ensañamiento clínico o que no se prolongue la vida en caso de inconsciencia permanente. "En la mayoría de los documentos de últimas voluntades se pide alivio del dolor", apunta Tasende.

Además, el documento incluye un apartado de instrucciones sobre el uso que se debe de dar al cuerpo una vez llegado el fallecimiento: donación de órganos para ser trasplantados o la donación del cuerpo a la ciencia. Las mujeres representan el 63% del total de inscritos (1.620) y 962 son hombres, lo que supone un 37%. "El rol tradicional de cuidadoras que han desempeñado hace que sean más sensibles a este tema; además, las mujeres tienen menos miedo a hablar de la muerte y son más previsoras", indica Tasende.

El documento se debe formalizar ante tres testigos mayores de edad en plena capacidad de obrar de las que dos, como mínimo, no podrán tener relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad ni estar vinculadas por relación patrimonial con la persona otorgante. También se puede formalizar ante notario, sin necesidad de presencia de testigos. "Y si se aprueba el anteproyecto de ley de garantías sanitarias se podrá tramitar también ante el personal responsable del registro", adelanta Tasende.