La Xunta regula desde el año 2014 el aprovechamiento micológico y limita a dos kilos por persona y día la cantidad de setas que se pueden coger en los montes gallegos siempre que sea para consumo doméstico, es decir, no sea con interés comercial. La normativa distingue tres tipos de aprovechamiento micológico -doméstico, comercial y con fines científicos- y establece una serie de pautas a las hora de recoger los cogumelos. Incumplir alguna de estas reglas conlleva multas que oscilan entre los cien y los mil euros.

Los aficionados a las setas por tanto, solo pueden coger un máximo de 2 kilos al día y siempre que sean silvestres, nunca de una plantación. Además, la Xunta prohíbe que se remueva el suelo, usar rastrillos, romper ejemplares que no se vayan a recoger o cogerlas de noche.

El aprovechamiento comercial se produce cuando el propietario del monte se lucra gracias a la recogida y venta de las setas. Se entiende que hay interés comercial si alguién recoge más de dos kilos al día. En estos montes hay que tener permiso del dueño para poder recogerlas. Por último, la Xunta contempla el aprovechamiento científico, es decir, la recogida para su estudio o divulgación. Se limita a cinco unidades por especie.