El Gobierno autonómico también quería, a través del Dereito Civil de Galicia, regular la custodia compartida de los hijos en caso de separación, dando más peso a esta fórmula frente a la concesión de la tutela a uno de los padres. Pero en este caso, no se trata de buscar el consenso entre las partes de la Comisión de Dereito Civil, sino que obedece a un problema competencial.

La propia Xunta y los expertos entienden que la responsabilidad jurídica es exclusiva del Estado y que debe ser el Gobierno central quien introduzca los cambios a través del Código Civil.

El Ejecutivo autonómico echó el freno a esta modificación dadas las pocas posibilidades de éxito que tenía emprender una reforma de este calado que entraba en colisión con la legislación estatal. Además, tenían un precedente claro donde una comunidad, la de Valencia, lo intentó y vio como el Tribunal Constitucional le tumbaba la reforma legal por entender que se había extralimitado en sus funciones a la hora de legislar. Por eso en la comunidad gallega, se dejó a un lado.

La custodia compartida está recogida actualmente como una fórmula excepcional que para su concesión, si no hay acuerdo entre los padres, necesita la petición de una de las partes y un informe vinculante del fiscal.

El Gobierno de Mariano Rajoy también tenía previsto regular sobre ella en la legislatura que acabó en diciembre de 2016, pero finalmente no se aprobó la reforma.

El aspecto más destacado era que eliminaba la excepcionalidad con la que hasta ahora se regulaba la custodia compartida y era el juez quien, en cada caso concreto, y siempre actuando en beneficio del interés superior del menor, determinaba qué régimen era el más adecuado.

Pero ahora se abre un nuevo escenario. Y es que en el reciente congreso nacional del PP se aprobó por consenso mayoritario, dentro de la ponencia social, impulsar las reformas legales necesarias para incorporar al Código Civil la custodia compartida "como modalidad más deseable en el caso de separación o divorcio".

Se precisa que no será automática en ningún caso y que siempre prevalecerá el beneficio del menor y los derechos de los hijos a disfrutar de una convivencia equilibrada de los progenitores. "Es una oportunidad para evitar la litigiosidad y sobre todo velar por la distribución equitativa entre la responsabilidad de padres y madres", justificó el PP.