La creatividad gallega pierde fuelle. Pese a que un total de 80 residentes en Galicia registraron un invento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas durante el primer semestre de este año -lo que supone una media de una nueva cada dos días-, los artículos patentados por gallegos bajaron un 13% respecto al mismo periodo de 2016, según la estadística de esta entidad. Pese a la ligera caída de los productos innovadores made in Galicia dados de alta para preservar los derechos sobre su uso y comercialización, la comunidad gallega es la sexta con más patentes en los seis primeros meses del año, solo por debajo de Andalucía (256), Madrid (235), Cataluña (191), Comunidad Valenciana (187) y Aragón (83).

Los datos de la Oficina de Patentes revelan que la creatividad de los gallegos varía en función de la provincia analizada. Entre enero y julio, esta entidad recibió un total de 30 solicitudes para dar de alta un objeto innovador procedentes de A Coruña, lo que la sitúa como la undécima provincia española con mayor capacidad inventiva. Eso sí, en números absolutos se sitúa en segundo lugar a nivel gallego ya que Pontevedra registró el primer semestre un total de 41 inventos mientras que la cifra cayó a cinco en Lugo y a cuatro en Ourense.

Tampoco la evolución fue igual en las cuatro provincias. En el caso de A Coruña se experimentó un descenso de casi el 27% ya que mientras a estas alturas de 2016 se habían dado de alta 41 invenciones coruñesas, este año la cifra se quedó en 30. Justo lo contrario que ocurre con Pontevedra, donde las 41 del primer semestre son casi el mismo número que en todo 2016 cuando se dieron de alta 42. En el caso de Ourense en el primer semestre del año pasado contabilizaba ya 19 patentes, frente a las cuatro de este año aunque hay que tener en cuenta que la Oficina de Patentes sólo tiene datos de dos meses en esta provincia durante 2017. En Lugo la cifra era similar: 4 en 2016 por 5 de este año.

Patentar un producto supone adquirir un título que permite explotar ese artículo en exclusiva durante un periodo de 20 años y en el espacio físico que se haya fijado: existen las patentes nacionales, para explotar el artículo solo en España, o las europeas. Durante esas dos décadas, nadie podrá fabricar, vender o utilizar esa invención sin permiso del titular de la patentes. Eso sí, antes de dar el paso de dar de alta un objeto innovador, los expertos aconsejan tener en cuenta una serie de factores.

¿Un inventor está obligado a patentar su creación? Desde la Oficina Española de Patentes y Marcas aseguran que el registro de los derechos de propiedad industrial "no es obligatorio pero sí recomendable, ya que el nacimiento del derecho exclusivo sobre los mismos nace del registro válidamente efectuado". Sin el título que le acredite como propietario de la patente cualquiera podría fabricar y comercializar el artículo.

¿Qué requisitos debe cumplir el invento? Para que un artículo pueda ser patentado la ley española establece que debe cumplir tres principios: el de la novedad, es decir, ser algo completamente novedoso y que no exista ya en el mercado; el de actividad inventiva, es decir, que no resulte obvio para un especialista en la materia y por último, que tenga un desarrollo industrial.

¿Si la invención no aparece en el listado de la Oficina de Patentes es que no existe nada similar? No siempre es así. Por ello se aconseja acudir a abogados especializados en la tramitación de patentes para que verifiquen que realmente se trata de algo novedoso en el mercado y además les asesoren sobre el papeleo a realizar.

¿Qué cosas no se pueden patentar? Descubrimientos como teorías científicas o métodos matemáticas, obras literarias o artísticas, programas de ordenador, métodos, planes o reglas para el ejercicio de actividades intelectuales o económico-comerciales así como invenciones cuyas explotación sería contraria al orden público -desde procedimientos para el clonamiento humano o embriones para fines industriales-, razas de animales, variedades vegetales o descubrimientos vinculados al cuerpo humano.

¿Quién puede patentar un producto? Cualquier persona física o jurídica desde un ciudadano que diseña algo novedoso hasta un equipo de una universidad que patenta una invención. El título de patente y sus derechos puede ser compartido por varias personas en el caso de que ambas hayan trabajado conjuntamente en el desarrollo de la invención patentada.

¿Dónde se solicita una patente? Puede hacerse de forma presencial en la sede de la Oficina de Patentes y Marcas o en los centros de información sobre protección industrial de cada comunidad autónoma o bien a través de internet para lo que es necesario bajar un programa.

¿Qué coste tiene registrar una invención? Depende del tipo de patente. La nacional puede oscilar entre los 800 y los 1.200 euros y las europeas llegar hasta los 5.000, según informan desde la Oficina Española de Patentes y Marcas.