El pasado mes de diciembre el Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que tumbó la legislación gallega sobre adopciones. Se cargó de una tacada dieciocho artículos del Dereito Civil de Galicia, entre ellos el que fijaba que la diferencia de edad entre los adoptantes con respecto al adoptado no podía superar los 40 años. La comunidad gallega tuvo que ajustarse a la norma estatal, donde la diferencia máxima es de 45 años, y revisar, para ello, los expedientes. El resultado es que 201 familias excluidas del procedimiento por no reunir las condiciones de edad requeridas por la normativa autonómica se han incorporado ahora a la lista de espera y optan a una adopción con todas las garantías.

El fallo del TC obligó a la Xunta a revaluar todos los expedientes para comprobar que se adecuan a la legislación estatal y cumplen con sus requisitos de idoneidad. El proceso aún no ha terminado porque, según indicó la Consellería de Política Social, la revisión "se va realizando con aquellos expedientes más próximos a una posible asignación". El caso es que, según la Xunta, ahora hay en total 380 familias en lista de adopción, de las que 201 antes estaban excluidas por razón de edad y ahora ya no.

La sentencia, sin embargo, ha introducido elementos de suma incertidumbre para otro medio centenar de familias gallegas. El fallo especifica que la declaración de inconstitucionalidad "no afectará a las adopciones que sean firmes" en el momento de la publicación de este fallo judicial, que fue el 20 de diciembre, puesto que el principio de seguridad jurídica "aconseja limitar los efectos de esta resolución a los que se encuentran en curso".

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Por eso, las adopciones que se encuentran abiertas -aquellas que todavía no cuentan con resolución judicial firme- sí que quedan afectadas y "deberán adecuarse a los dictados de las normas civiles del derecho común y las procesales de carácter estatal". Esto significa que una vez asignado de forma provisional un niño a una familia el proceso se puede revertir ya que hay que hacer una nueva evaluación incorporando a todas las familias antes excluidas por causa de la diferencia de edad.

Así que puede darse el caso de que a un familia se le deniegue la propuesta de adopción concedida con anterioridad o que incluso se le retire -por no haber una resolución judicial firme- el niño asignado con el que ya convivía. En esta última situación se encuentran 53 familias en la comunidad gallega, según los datos facilitados por la Consellería de Política Social.

Para estos casos, la postura de la Xunta es clara. El proceso no se debería revertir. Por ello, el Gobierno gallego ha trasladado a los juzgados correspondientes una solicitud "para que se mantenga la propuesta de adopción en aquellos casos en que el menor ya está conviviendo con la familia y solamente falte el fallo firme del juzgado, ya que la Xunta considera que debe primar el interés superior del menor y seguir con su proceso de integración en la familia adoptante". Añade el departamento de José Manuel Rey Varela que así se "minimizan los riesgos que cualquier cambio de situación pueda ocasionar en su personalidad y desarrollo futuro".

Para aclarar todos los aspectos de cómo están los procesos de adopción, la Consellería de Política Social publicó ayer una instrucción en el Diario Oficial de Galicia y en su portal web. No obstante, las familias que ya tengan una asignación de menor pero sin resolución judicial firme, será la Xunta la de que forma individual les informe de la nueva situación.

Lo que hizo el Tribunal Constitucional fue anular todos los artículos relativos a adopción y autotutela de la ley de Dereito Civil de Galicia aprobada en 2006 por el bipartito de PSdeG y BNG a raíz de un recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno central.

La sentencia se firmó en noviembre pero no se publicó hasta diciembre de 2017, más de diez años después de que entrara en vigor la norma autonómica. Concretamente, el alto tribunal tumbó el título segundo de la ley, sobre adopciones, y el título tercero, sobre autotutela. Un total de 18 artículos de los 308 que recoge la normativa de Dereito Civil.

El pasado año se produjeron en la comunidad gallega 43 resoluciones judiciales de adopción nacional, llegando a las 1.010 desde el año 2000. En el mismo periodo se registraron 3.591 solicitudes, por lo se evidencia que por cada tres familias que tramitan una adopción, una la consigue. En todo caso, son mucho más numerosas las adopciones internacionales. Se llegaron a completar más de 300 en un solo año, si bien posteriormente los países de procedencia introdujeron más restricciones.