El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) confirmó ayer una sentencia que condena al Sergas a pagar una indemnización de 30.000 euros a la hija de un paciente de 80 años que falleció en 2011 como consecuencia de un infarto de miocardio tras recibir asistencia sanitaria. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG considera probado que la administración provocó "una pérdida de oportunidad en el tratamiento de la dolencia inicial del paciente" al no derivarlo al Hospital de Lugo el 16 de abril de 2011, cuando fue atendido en el centro de salud del municipio lucense de Sarria.

"No puede obviarse que el paciente había acudido al Punto de Atención Continuada (PAC) solo, lo que debió sugerir una mayor atención, residiendo el daño en la secuencia que hubieran tenido los hechos de haberse seguido otros parámetros de actuación", apunta la sala. Los magistrados descartan que el paciente hubiese sufrido "una deficiente asistencia médica", como solicitaba su hija en su recurso, en el que reclamaba una indemnización de 191.500 euros.