El abogado Carlos Bacaicoa, uno de los dos letrados de la víctima de La Manada, confía en que el Tribunal Supremo, al que presentaron recurso de casación, dictamine que los hechos denunciados en los sanfermines de 2016 fueron una agresión sexual y no un abuso sexual como se ha sentenciado.

"Soy francamente optimista, al final se les va a condenar por agresión sexual", manifestó, tras confirmar que presentaron el recurso ante el Supremo, al igual que comunicaron la defensa de los acusados y las acusaciones populares del Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona.

En su recurso, la acusación particular argumenta con jurisprudencia que lo ocurrido fue una agresión sexual y no un abuso sexual como determinó la Audiencia de Navarra y ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, con el voto discrepante de dos de sus cinco miembros. Esa resolución, que confirmó la pena de nueve años de prisión para cada uno de los cinco acusados, apreció, a diferencia de la primera, un delito contra la intimidad que podría incrementar las penas de los acusados, pero sobre el que no se pronunciará la sala hasta que la sentencia sea firme, según el abogado, quien apuntó que esto puede ser dentro de varios años.

En su recurso, la acusación pide, además, que se condene a dos de los acusados por el delito del robo del teléfono de la joven, ya que en la sentencia se considera probado que el acusado del robo se lo entregó a otro, por lo que este último también era conocedor de ese hecho. A ello se suma la petición de aumentar la responsabilidad civil de 50.000 a 250.000 euros.

El abogado llamó la atención sobre una reciente sentencia sobre un caso similar, el de la denominada Manada de Collado Villalba, en el que se impusieron penas de 14 y 15 años para los acusados, superiores a las fijadas en Navarra. "Los casos son bastante parecidos, en ese caso existe una pequeña violencia que no existió en este, pero aquí existe la intimidación para convertir en agresión sexual el ataque que padeció mi cliente", sostuvo. A eso ha añadido la "intimidación ambiental" que se produjo, en ambos casos, al reconducir a la víctima a un lugar apartado con la presencia de varones de superior envergadura, lo que "anula la resistencia". Bacaicoa destacó que la jurisprudencia que emplea la Audiencia de Madrid es la misma que utilizó el voto particular del TSJN.