La condena impuesta en su día a una madre pontevedresa por propinar dos bofetadas en la cara a su hijo de diez años, como autora de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia doméstica, acaba de ser ratificada por la Audiencia de Pontevedra.

Un juzgado de la ciudad del Lérez impuso la primera sentencia que condenaba a esta mujer a una pena de dos meses de prisión, que pueden ser sustituidos por la acusada por trabajos en beneficio de la comunidad. Además, el fallo establece seis meses de alejamiento respecto a su hijo.

Los hechos, según recoge la sentencia de la Audiencia Provincial, se remontan al 20 de mayo de 2018 cuando la madre se encontraba en el domicilio familiar que ocupaban ambos y le pidió a su hijo que se duchara, negándose este, por lo que comenzó "una discusión verbal que la madre termina dándole un par de bofetadas al menor", y que le causaron eritemas en ambas mejillas.

En el recurso que presentó ante la Audiencia Provincial, su defensa alegaba, entre otras cuestiones, que su actuación debía entenderse "amparada dentro de su derecho de corrección" al menor. La Audiencia echa mano de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo para rechazar este recurso, recordando que la facultad que asiste a los padres para corregir a sus hijos "tiene como límite infranqueable la integridad física y moral de estos".