El Código Penal castiga desde 2015 tanto la captación de sonido o imágenes de una personas sin su permiso, como la difusión de esas imágenes. Sin embargo, fue el caso de la concejala socialista de Yébenes Olvido Hormigos lo que provocó la reforma e introducción de la llamada claúsula Hormigos, para sancionar este tipo de conductas. Como en el caso de la trabajadora de Iveco, el origen de la imagen también fue, presuntamente, una antigua relación de la afectada. El juez imputó a un futbolista del equipo local de Los Yébenes y también al alcalde, el popular Pedro Acevedo, rival político de Hormigos. El juzgado toledano que instruía la causa archivó el caso, que entonces no era delito.