Todos los locales de juego y apuestas en Galicia deberán estar ubicados como mínimo a un radio de 150 metros de distancia de centros educativos donde estudien menores de edad y deben mantener entre ellos, sea cual sea el tipo de establecimiento, 300 metros, también medidos en distancia radial. Así lo establece la Xunta en el borrador del anteproyecto de la Lei do Xogo, que actualiza una normativa de 1985 y que el director xeral de Emerxencias, Santiago Villanueva, presentó ayer por la mañana a la Comisión do Xogo de Galicia. En todo caso, la nueva legislación abre la posibilidad de que los concellos sean más restrictivos todavía, por ejemplo por motivos "de salud pública", y acoten la presencia de estos locales.

Así, en el articulado de la normativa, que puede recibir ahora alegaciones durante un plazo de quince días, se indica expresamente que las corporaciones municipales "podrán establecer otros límites, requisitos o carcterísticas adicionales, basándose en sus competencias, para la aplicación" de la ley "a través de sus ordenanzas y regulamentos". En concreto, señala que "específicamente por motivos de salud pública", los municipios "podrán establecer prohibiciones, limitaciones o restriciones destinadas a evitar la excesiva concentración de establecimientos de juego o garantizar su coexistencia con otras actividades humanas y sociales".

Desde el Ejecutivo gallego destacan que "una de las mayores apuestas" del texto legislativo es "una maiyor protección de los menores. En esa línea, argumentan, según exponen en un comunicado, que "todos los establecimientos de juego deberán tener a partir de ahora control de acceso para evitar la entrada de menores y de las personas que figuran voluntariamente en el registro de prohibidos". Si hasta ahora era obligatorio en bingos, casinos y tiendas de apuestas, ahora "la identificación se extenderá también a los salones de juego". El "permitir o consentir la entada o práctica de las actividades de juego" a menores o personas que lo tengan restringido a estos locales se considera infracción muy grave y estas conllevan hasta 100.000 euros de multa. La norma también considera una infracción muy grave, por tanto con sanciones parejas, que en locales de hostelería con máquinas de juego se permita a los menores su práctica.

La ley refrenda la limitación de los salones de juego a 118 (de los que 97 ya funcionan) y las tiendas de apuestas se fijan en 41 (todas operativas). También se limita el parque de máquinas. Antes, al dar una de baja, podía autorizarse otra. Ahora no.

Respecto a la publicidad, la norma se remite a un reglamento posterior, pero, dice la Xunta, "el nuevo texto ya determina que solo se permitirá la publicidad en prensa escrita y limitada a supuestos concretos y tasados en la norma" y en los locales específicos de juego. Otro artículo estipula que la publicidad, promoción y patrocinio estará sujeta a autorización previa y se efectuará como se determine en un reglamento.