La Consellería de Política Social y Cruz Roja son las encargadas de gestionar el programa de Acollemento Familiar con el que se busca que menores en situación de desamparo residan en un hogar hasta que su familia biológica pueda volver a hacerse cargo de ellos.

¿Quién puede ser familiar de acogida? Cualquier persona mayor de edad con independencia de su estado civil o de que conforme un hogar monoparental siempre y cuando ninguno de los integrantes de la familia tenga antecedentes por delitos sexuales. Los técnicos se entrevistan con lo candidatos para ver que cumplen una serie de requisitos: estabilidad económica, social y familiar, contar con una vivienda adecuada, tener claro la finalidad del proyecto, etc...

¿Qué tipos de acogimientos hay? El de urgencia es aquel en el que se precisa una familia de acogida para un menor de seis años (normalmente bebés recién nacidos) y cuyo tiempo máximo es de medio año mientras se determina qué medida de protección se toma. El temporal y permanente en el que el niño reside con la familia de acogida un tiempo o hasta que cumple la mayoría de edad y el parcial, en niños que viven en residencias pero que el fin de semana o en vacaciones están con una familia para "que tengan alternativas de ocio", según indica Cruz Roja.

¿Hay contacto con los padres biológicos durante la acogida? Sí, es lo más aconsejable siempre que sea posible. Los encuentros estarán planificados y supervisados por los técnicos que llevan el programa.

¿Qué diferencias hay con la adopción? El acogimiento es siempre algo temporal y en ningún caso, aunque los padres no solucionen su problemática, la familia de acogida podrá adoptar al menor o tendrá prioridad para ello.