El Consejo de Ministros aprobará hoy el anteproyecto de la ley integral contra las violencias sexuales, la reforma legislativa sobre la tipificación de delitos sexuales surgida a raíz de la oleada de protestas que se desató en España por la primera sentencia de La Manada, que consideraba a los autores de la violación grupal de una joven en los sanfermines de 2016 como culpables de un "abuso" y no de una "agresión sexual". En la reforma del Código Penal que hoy echará a andar desaparace la distinción entre abuso y violación. Además, haciendo caso a una de las grandes reivindicaciones del movimiento feminista, establece como elemento clave para determinar si ha habido delito la existencia del consentimiento expreso de la mujer; un consentimiento "libre, revocable y para unas prácticas concretas".

La reforma es una adaptación del Código Penal al llamado Convenio de Estambul, un acuerdo del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, ratificado por España en 2014. Esta adaptación supone que determinar la existencia de una violación dependerá del consentimiento expreso, el "sí es sí", y no de la violencia o intimidación ejercida. La ley, según indicó ayer la ministra de Igualdad, Irene Montero, aspira a ser intergral y dar un enfoque amplio contra la violencia sexual.

El anteproyecto "amplía el foco" e introducirá nuevos delitos en el Código Penal y modificaciones en las penas, que serán "proporcionales y eficaces", indicó Montero. "Hay penas que suben, hay penas que cambian muy mínimamente y sobre todo lo importante no es el número de penas, sino que amplía el foco, que se consideran violencias machistas muchas cosas que no se consideraban", declaró ayer la ministra. No sólo se considerará violencia machista la ejercida por la pareja o expareja de la víctima, sino también toda aquella acción que coarte la libertad sexual de la mujer. Agresiones sexuales, acoso sexual, acecho, extorsión y engaño pederasta o infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual son algunas de ellas. Se tipificarán como agravantes de violación aquellas que se produzcan en el seno de la pareja, cuando la víctima tenga anulada su voluntad por haber ingerido fármacos o drogas y también cuando sean cometidas por varios agresores.

La futura ley, no obstante, no supondrá un endurecimiento de las penas por agresión.