Hacienda prepara un cambio "inminente" para ampliar los plazos de los procedimientos tributarios debido a la crisis del coronavirus. Y hasta que se concrete esa modificación será "flexible" respecto a los trámites pendientes y no considerará incumplidos los plazos que están en vigor. Ayer se activó además la moratoria que, previa solicitud de las pymes y autónomos, permite retrasar seis meses pagos como los del IRPF, el IVA e impuesto de Sociedades.

"No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo. Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha", señaló ayer la Agencia Tributaria en su página web. El organismo quiere lanzar así un mensaje de tranquilidad a los contribuyentes y las empresas que vean cercano el vencimiento de un plazo de respuesta a un determinado trámite administrativo. El cambio normativo para los plazos previsiblemente no verá la luz hasta el próximo martes vía real decreto-ley. En concreto, se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor de la norma y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, siempre que las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan ciertos requisitos. La Agencia también informó de que, desde ayer, los autónomos y pymes que facturen menos de seis millones de euros pueden solicitar el aplazamiento de pagos fiscales de hasta 30.000 euros por un período de hasta seis meses, sin hacer frente a intereses de demora durante tres de ellos. Esta medida del Gobierno extiende la posibilidad de aplazar pagos, ya existente para otros casos, a las retenciones del IRPF, las declaraciones de IVA repercutido y los abonos fraccionados de Sociedades, algo legalmente vedado hasta ahora.