Aunque los números hablan por sí solos y el Gobierno lo reconoce abiertamente cada vez que comparece para esgrimir las medidas económicas aprobadas desde el estallido de la crisis del Covid-19, el real decreto publicado ayer para formalizar las limitaciones a los despidos en esta situación subraya que tanto esa decisión como la flexibilización de los ERTE para abrir un paréntesis hasta que la actividad pueda remontar buscan "paliar los efectos devastadores que esta crisis sanitaria está produciendo en el mercado laboral". No hay paños calientes posibles. Solo en Galicia van 23.651 solicitudes de expedientes y 124.918 trabajadores afectados, sin contar con los implicados en otras 32 peticiones en la comunidad, pero de ámbito estatal, y de las presentadas en la Administración General del Estado, aunque con efectos también aquí. Aunque casi se daba por hecho que la duración del ajuste estaba vinculado a lo que dure el estado de emergencia, el Gobierno lo confirmó ayer vía Boletín Oficial del Estado.

"Esta limitación resultará aplicable tanto a aquellos expedientes respecto de los cuales recaiga resolución expresa como a los que sean resueltos por silencio administrativo, con independencia del contenido de la solicitud empresarial concreta", señala la resolución, que también confirma por tanto lo que muchos abogados laboralistas daban por hecho respecto a la callada por respuesta de la Administración en la tramitación de la avalancha de demandas: si es así, es una autorización.

Los expedientes serán revisados de oficio, con la puerta abierta a sanciones —devolución a cargo de la empresa de las prestaciones cobradas por los trabajadores— a los que falseen los datos o sean incorrectos. La Inspección de Trabajo, según el decreto, se encargará de comprobarlo.

A los expedientes no podrán recurrir los centros sanitarios y los de atención a mayores, personas dependientes o con algún tipo de discapacidad. Se consideran expresamente servicios esenciales ante los anuncios de algunas compañías privadas de recortar plantilla y cerrar centros para ahorrar costes ante la pandemia. El veto afecta a todos, "ya sean de titularidad pública y privada, cualquiera que sea su régimen de gestión" que determine Sanidad o Derechos Sociales para "garantizar el compromiso de toda la sociedad, instituciones y organizaciones con las personas más vulnerables, entre las que se encuentran las enfermas y las socialmente dependientes".

Ante las dudas sobre los más que probables retrasos en el abono a los trabajadores afectados por los ajustes de la prestación reconocida del 70% dado el volumen de expedientes, Trabajo simplifica el trámite con una solicitud colectiva presentada por la empresa, cumplimentando un formulario en el que deberá incluir, entre otras cosas, el nombre de la empresa, el número de expediente, su código de cuenta de cotización a la Seguridad Social, el nombre y el email del representante legal de la empresa y la especificación de las medidas a adoptar. Habrá cinco días de plazo en los casos de fuerza mayor y en el resto de ERTE será en el mismo momento de comunicación de la medida a la autoridad laboral correspondiente.

La otra letra pequeña del real decreto publicado ayer con mucha expectación creada después del anuncio de la ministra de Trabajo, tenía que ver con las condiciones de la prohibición del despido por causas económicas durante la crisis de la pandemia. "Nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria", reclamó Yolanda Díaz el viernes. Las razones económicas, ni organizativas, técnicas y de producción, tampoco la de fuerza mayor —ambas opciones están ya incluidas en la argumentación de los ERTE— "no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido". Dicho de otra manera, no será una extinción "justificada" y, por tanto, se eleva la indemnización.