El Ministerio de Sanidad introduce novedades en las diferentes fases de la desescalada y aumenta la flexibilización, a través de un decreto que publicó el fin de semana en el Boletín Oficial del Estado. Las que tocan a la fase 1, en la que por el momento se haya Galicia y la mayor parte del país, permiten la apertura parcial, de hasta 400 metros cuadrados, de los comercios que superen esta superficie, y también se autorizan la caza y pescar con fines deportivos y recreativos.

La mayor parte de la nueva normativa afecta a la fase 2, en la que por el momento solo están algunas islas de Baleares y Canarias, pero que mañana la Xunta solicitará para Galicia. La flexibilización de las medidas permite la apertura para consumir dentro del local del local en el caso los establecimientos de hostelería y restauración, salvo discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40 %. También se permitirá acudir a cines, teatros, auditorios, bibliotecas para consulta en sala, salas de exposiciones y actividades al aire libre, si bien hasta un tercio del aforo normal y con restricciones en cuanto al número máximo de asistentes (50 en cines y teatros y 400 en actividades al aire libre).

También podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos y a la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, hasta un tercio del aforo. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse para un máximo de veinte personas.

En lo que respecta a comercio minorista y de prestación de servicios, se podrá proceder a la reapertura al público de centros y parques comerciales. Eso sí, el aforo en el comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. En los centros comerciales podrán entrar hasta un 30% de las personas permitidas hasta ahora, y no podrán usar zonas comunes como atracciones. En cuanto a los mercados al aire libre, podrán operar con un tercio de los puestos habituales.

En cuanto a los desplazamientos, la orden flexibiliza las medidas que afectan a la circulación, asistencia a velatorios (hasta 15 personas en espacios cerrados, 25 al aire libre), entierros y lugares de culto (a mitad del aforo), y se permitirá la celebración de bodas con 100 asistentes al aire libre y 50 en espacios cerrados.

Se podrá circular por la provincia en grupos de un máximo de quince personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, manteniendo la distancia social. Los congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias pueden realizarse, aunque se recomienda la teleasistencia, siempre que no se supere la cifra de 50 personas. Las comunidades autónomas podrán autorizar las visitas de un familiar a viviendas tuteladas y a centros residenciales de personas con discapacidad siempre que no tengan casos de Covid-19 confirmados o haya residentes en cuarentena. Deberán concertar cita previa y podrá acudir un máximo de una persona por residente.

Otra novedad se produce en el deporte. Se permitirá realizarlo a cualquier hora a las personas de hasta 70 años, excepto los tramos horarios determinados para los paseos de personas mayores, que las comunidades pueden adelantar o retrasar dos horas. Reabren las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa. Las actividades de turismo de naturaleza se aumentan a 20 participantes. La orden señala que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".

Las piscinas pueden reabrir hasta un 30% del aforo, y en las playas se permiten actividades que se puedan realizar individualmente y sin contacto físico.

En cuanto ala fase 0, la más restrictiva y en la que actualmente se encuentran la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona y parte del territorio de Castilla y León, el BOE permitió el sábado flexibilizar parte de las medidas de contención. Así, desde hoy se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios y de archivos y la práctica del deporte profesional y federado en las condiciones de la fase 1.

La orden dicta que los servicios de inspección municipales, autonómicos o de policía especial, cada uno en el ámbito de sus competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas e instruir los procedimientos sancionadores.