El Juzgado de lo Social de Teruel ha condenado al Gobierno de Aragón, al Servicio Aragonés de Salud y al Instituto Aragonés de Servicios Sociales a proporcionar los equipos adecuados de protección individual (EPI) a los sanitarios del grupo A en todos los centros sanitarios y sociosanitarios públicos y privados de la provincia. Se trata de la primera condena a una administración por no dotar de los medios suficientes a sus trabajadores para protegerse de contagios del Covid-19. De momento, afecta solo a Teruel, pero están pendientes fallos por denuncias idénticas en Huesca y Zaragoza. La jueza que firma el fallo dictado el miércoles, Elena Alcalde, estima la demanda del sindicato de médicos Fasamet contra el Gobierno de Aragón (PSOE-Podemos-PAR y Chunta) y los dos organismos que de él dependen por no proporcionar los equipos adecuados de protección, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) citadas por Europa Press. Impone a los condenados corregir esa ausencia de dotación.

Fasamet presentó a finales de marzo recursos en los juzgados de las tres provincias aragonesas para que se les proveyera de los adecuados equipos de protección, y pocos días después se adoptaron medidas cautelares para que se distribuyera este material entre los sanitarios, a la espera de las sentencias definitivas, la primera de las cuales es la referida a la provincia de Teruel, cuyo juicio se celebró el 21 de mayo, mientras que en Huesca tuvo lugar el 28 del mismo mes y en Zaragoza está fijado el próximo día 8.

Gestión de los servicios

La jueza estima que la administración autonómica conserva la gestión de los servicios sanitarios y que debe de asegurar "en todo momento" su adecuado funcionamiento. Por tanto, el Gobierno de Aragón, el Servicio Aragonés de Salud y el Instituto Aragonés de Servicios Sociales "tienen el deber de proteger al personal que se encuentra a su servicio de los riesgos laborales que puedan sufrir en el desarrollo de su trabajo".

Las administraciones son condenadas a restablecer los "derechos vulnerados" y a proporcionar a todos los empleados públicos sanitarios del Grupo A de Teruel, en el momento que tenga disponibilidad, mascarillas FFP2 o FPP3; protección ocular antisalpicaduras o protector facial completo; guantes; gorros; calzas específicas; hidrogel o hidroalcohol biocida, y contenedores de residuos, así como a reponer estos materiales cuando sea necesario, previa evaluación individual del riesgo.

Además, la magistrada aclara que la declaración del estado de alarma "no conlleva la suspensión de los derechos fundamentales" como la vida, la integridad física o la salud, "ni tampoco supone la suspensión de los derechos a la protección y prevención de riesgos laborales", por lo que la asunción del mando único por parte del Gobierno central no exonera de sus obligaciones a la comunidad autónoma. Esta alegó que la pandemia constituyó un "supuesto de fuerza mayor, imprevisible e inevitable", algo que rechaza la sentencia, que recuerda la obligación de actuar "según el principio de precaución".

El Gobierno aragonés recurrirá la sentencia dictada. Aunque evitó opinar sobre su contenido, su director general de Asistencia Sanitaria, José María Abad, aseguró que "siempre" se suministró a la plantilla sanitaria el material de protección del que "se disponía en cada momento".