La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a cinco años de prisión a un hombre de nacionalidad venezolana de 24 años por abusar sexualmente de una menor a la que conoció en un local de ocio nocturno de Narón en 2017. La sentencia, que no es firme, ha desestimado el recurso presentado contra la resolución de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, que estableció que tres de los años de la pena de cárcel se cumplirán en España, mientras los dos restantes se sustituirán por la expulsión del hombre del país y la prohibición de regresar durante una década.

Además de la pena de prisión, la sentencia impuso al varón la prohibición de comunicarse con la víctima y de acercarse a ella durante nueve años, así como el abono de una indemnización de 27.700 euros a la misma.

Los magistrados han destacado que "la declaración de la víctima no parece que sea incorrecta si se parte de que admite su propia dificultad en el recuerdo de lo sucedido" y han resaltado que no se han advertido las "contradicciones que el apelante pretende" en su testimonio. Además, señalan que "el consumo de sustancias alcohólicas" por parte de la menor, "el proceso de deambulación con él" y "el hecho de que no disponía de su teléfono" permiten concluir que "no había aceptación de la situación por su parte".

El tribunal ha rechazado la prueba pericial que buscaba a acreditar el coeficiente intelectual inferior a la media del recurrente y su incidencia sobre el consentimiento de la víctima. "No queda claro cuál es el ámbito del error que invoca el apelante (...)", indica la sentencia.