La Consellería de Sanidade ha iniciado los trámites para que el personal de enfermería pueda dispensar también medicamentos. Según las previsiones, esta nueva función ya la podrán ejercer a partir del próximo mes de marzo, dado que la Xunta pretende aprobar en el primer trimestre del año la normativa que regulará el proceso de acreditación para la prescripción enfermera. La comunidad gallega será, en todo caso, una de las que más ha tardado en reconocer esta aptitud al personal de enfermería, competencia exclusiva de cada autonomía tras el real decreto de octubre de 2018 que abrió la vía a que cada territorio determinase la fórmula para acreditarlos.

Lo que podrán hacer es recetar determinados medicamentos sin la tutela efectiva del médico para así agilizar la asistencia sanitaria y no tener que pasar siempre, a la hora de prescribir un fármaco, por el facultativo. Evidentemente, su capacidad de prescripción estará limitada ya que, sobre todo, se orientará a autorizar la dispensación de medicinas vinculadas a enfermedades crónicas, prevención e ingresos hospitalarios. "La nueva normativa supondrá un importante impacto en todos los ámbitos sanitarios de la comunidad ya que va a aumentar la capacidad resolutiva, responsabilidad y autonomía del personal de enfermería para resolver problemas en un único acto", destaca Sanidade.

Aunque el real decreto de octubre de 2018 permite que las enfermeras puedan realizar estas acciones antes reservadas en exclusiva para los médicos, son las comunidades las que tienen que acreditar que el personal cumple los requisitos, como que están en posesión del título correspondiente y que tienen más de un año de práctica. Y este proceso es el que ahora inicia la Xunta.

En el País Vasco, por ejemplo, es el propio servicio de salud el que acredita de oficio a las enfermeras que trabajan en hospitales o centros de salud públicos. Sin ejercen en la sanidad privada, entonces la responsabilidad cae en el colegio profesional. En Cataluña es también la propia Generalitat quien se encarga de la acreditación, aunque previo consentimiento del personal. En Andalucía se habilitó un portal web para que los interesados se inscribieran. En el caso de Galicia, Sanidade no dio detalles, pero no será muy diferente.

El real decreto de 2018 establece tres tipos de supuestos para la prescripción. El primero, relativo a productos sanitarios y medicamentos sin receta médica. En estos casos, las enfermeras pueden prescribir de forma autónoma y libre, atendiendo siempre a criterios de responsabilidad profesional. Por otro lado, también podrán hacerlo en medicamentos de prescripción médica que no requieren de un diagnóstico por tratarse de actuaciones enfermeras: vacunas, insulinas, material de cura de heridas...

Por último, en lo que hace referencia a la prescripción de aquellos medicamentos sujetos siempre a un diagnóstico y prescripción médicos, el personal de enfermería se encargará de los cuidados y el seguimiento posterior del paciente.