La Xunta ha decidido, a propuesta del comité clínico, que toda Galicia se encuentre en nivel medio-alto de alerta sanitaria por el coronavirus o en nivel máximo. Las restricciones medias-altas se aplicarán en 253 municipios, entre ellos las ciudades de Lugo, Pontevedra y Vigo. En el área coruñesa, se encuentran en este nivel todos los concellos salvo A Coruña, Arteixo, Cambre, Culleredo, Oleiros y Cerceda, con restricciones más amplias por estar en nivel máximo.

En los concellos gallegos en nivel medio-altop vive el 53% de la población gallega. Estas son las medidas que entrarán en vigor este viernes, 15 de enero:

Toque de queda: se adelanta de las 23.00 a las 22.00 horas y hasta las 6.00 horas.

Movilidad: se permite salir y entrar en el municipio, salvo en las tres ciudades que están en este nivel: Lugo, Pontevedra y Vigo.

Reuniones: cuatro es el número máximo de personas en cualquier actividad familiar o social en la calle, espacios públicos y espacios privados, excepto en el caso de personas convivientes, en las que no se aplica esta restricción

Reuniones en hogares: está prohibida la presencia de personas ajenas al grupo familiar en las viviendas a partir de las 18.00 horas

Hostelería y restauración: aforo interior de los locales al 30%, las terrazas al aire libre pueden ocuparse al 50%, con un máximo de cuatro personas por mesa, respetando la distancia de seguridad entre ellas. Los locales deberán cerrar al público a las 18.00 horas, aunque se podrá servir para llevar sin límite horario.

Comercio y centros comerciales: cierre a las 21.30 horas. Límite de aforo al 50% de su capacidad, independientemente de su superficie. En el caso de centros comerciales en diferentes plantas, cada tienda deberá respetar ese aforo máximo del 50%. Los clientes no podrán estar en zonas comunes salvo que sea de paso. Estas zonas comunes tendrán una ocupación máxima del 33%. Las zonas infantiles, ludotecas y áreas de descanso deberán cerrarse.

Hospitales: solo se permite un acompañante por paciente en los centros sanitarios

Ceremonias religiosas o civiles: máximo de 50 participantes en espacios cerrados o 100 al aire libre

Lugares de culto: 50% de su capacidad máxima permitida

Velatorios: 10 personas en espacios cerrados y 25 en espacios abiertos sean o no convivientes

Entierros y cremaciones: 25 personas entre familiares y allegados sean o no convivientes

Bibliotecas, archivos y museos: 50 % de su capacidad máxima permitida. En ellos, las actividades culturales de grupo deben tener un máximo de cuatro participantes, sean o no convivientes, excluido el monitor o guía

Cines, teatros y auditorios: máximo de 250 personas en espacios cerrados y 500 al aire libre, manteniendo una distancia de 1,5 metros en las cuatro direcciones entre asistentes

Centros recreativos turísticos o similares: 50 % do aforo, con visitas de grupos de un máximo de 4 personas, sean o non convivientes

Centros cívicos y sociales: aforo máximo del 50%. Las actividades de grupo no pueden superar los 4 participantes, sean o no convivientes, excluido el monitor o guía

Actividades de tiempo libre para población infantil y juvenil: al aire libre, límite de participantes del 50% sobre la asistencia máxima habitual, con un tope de 50 participantes, excluidos los monitores. En espacios cerrados, 50% de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 25 personas, excluidos monitores. La actividad deberá desarrollarse en grupos de hasta cuatro personas, sean o no convivientes, excluido el monitor.

Hoteles y albergues: zonas comunes al 50% de su capacidad. Las actividades de animación o clases grupales deberán tener un máximo de cuatro participantes, excluidos monitores.

Mercados al aire libre: 50% de los puestos habituales o autorizados.

Actividades deportivas no federadas al aire libre: sin contacto físico entre los participantes, que no podrán ser más de cuatro de forma simultánea, sin contar el monitor, sean o no convivientes, y sin superar el 50% de la capacidad máxima permitida

Actividades deportivas no federadas en instalaciones cubiertas: grupos máximos de cuatro personas, sean o no convivientes sin contar el monitor. No se debe superar el 50% aforo máximo permitido

Actividades deportivas, entrenamientos y competiciones con público: el público deberá permanecer en todo momento sentado, tanto en instalaciones deportivas como en la vía pública. El límite se sitúa en 250 personas en lugares cerrados y 500 al aire libre

Academias, autoescuelas, centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación gestionados o financiados por la Xunta: la actividad podrá realizarse de forma presencial siempre que la capacidad no supere el 50% de aforo máximo autorizado.

Fiestas, verbenas, atracciones de feria y eventos populares: prohibición total de actividad

Mantenimiento de huertas y vides, y cuidado de animales: se permiten los desplazamientos entre concellos a quienes tengan estas propiedades, siempre que respeten la distancia de seguridad y los protocolos de prevención