El juzgado de instrucción número dos de Santiago ha adoptado una decisión pionera en España al ordenar vacunar contra el COVID-19 a una mujer que se encuentra interna en la residencia Domus Vi San Lázaro, pese a la negativa de su familia. La anciana presenta incapacidad y deterioro cognitivo para tomar una decisión y, además, su familia se oponía a que fuera vacunada de inmediato.

Desde el grupo Domus Vi, donde está interna la usuaria, han explicado que es la primera vez en España que han tenido que recurrir a los tribunales por un caso de este tipo y han incidido en que lo han hecho para garantizar “el bienestar” de usuarios y trabajadores del centro.

La hija que en un primer momento rehusó vacunar a su madre explicó a este periódico su negativa. Ella no tenía la tutela de su madre, su madre no estaba incapacitada y pidió tiempo para consensuar una decisión con sus dos hermanos, así como información sobre los efectos adversos. También propuso demorar la vacunación entre tanto. “Pero la respuesta de la residencia fue que recibí una notificación judicial y el sábado comparecí ante el juez, aunque no sabía para que era, y expuse al magistrado mis argumentos”.

Mi madre fue incapacitada por un médico forense el sábado y tras hablarlo con mi hermana, con mi hermano aún no pude, lo más probable que no recurramos la decisión judicial”, avanza y remarca: “Yo solo quería lo mejor para mi madre, la doctora me dijo que podía tener fiebre y dolores de barriga, no quería tomar sola la decisión”.

El asunto fue llevado ante los tribunales por la residencia que hizo constar ante la autoridad judicial la negativa de la familia a que esta mujer se vacunase al día siguiente, domingo 10 de enero, cuando estaba prevista la vacunación en ese centro. El juez que firma el auto considera que la mujer debía ser vacunada “no más tarde” de la fecha prevista y comunicada por la residencia, ya que de no hacerlo “el riesgo” para su salud sería mayor, con la eventual posibilidad de contagiarse del virus.

El juez Javier Fraga, que se encontraba de guardia el pasado sábado, justifica su competencia para tomar la decisión por tratarse de un asunto “urgente e inaplazable”, debido a la premura de la vacunación. La demora, según señala, aumentaría los riesgos para la salud de la anciana.

Una vez se comprobó la incapacidad cognitiva de la mujer, se conoció el parecer de la familia.La hija argumentó su negativa indicando el peso de decidir sobre la salud de otras personas y la presión de sus hermanos ante el temor de los efectos adversos de la vacuna. Por ello, abogaba por esperar a conocer los efectos de la dosis en otras personas.

El juez no considera “descabellada” esta última apreciación, si bien hace referencia a la información de la OMS sobre la seguridad de las vacunas. También incide en el proceso de pruebas y ensayos reglados a los que son sometidas antes de la aprobación de su uso en humanos.

El auto señala que administrar la vacuna implica riesgos, aunque considera que no hacerlo supone correr otros mayores, por lo que el beneficio de inocularla es mayor.

Si bien la vacunación obligatoria contra el COVID-19 cuenta con defensores y detractores entre las filas de los juristas, expertos consultados consideran acertada legalmente la decisión del juez gallego aunque no creen que siente precedente al ser un caso muy concreto. Francesc José María i Sánchez, miembro de la Asociación Juristas de la Salud, opina que este auto no tiene que ver con el debate sobre si vacunar o no. “Se trata de dar salida a una situación individual de una anciana incapacitada, que no puede prestar el consentimiento por sí misma, y que la persona que la ha de sustituir en el otorgamiento del consentimiento se opone en contra del criterio médico”. Teresa Herrera, de SDS Legal, explica que “se tra ta de una situación muy concreta”, por ser una mujer sin capacidad para decidir ella misma.