La entrada en vigor de las nuevas restricciones en Galicia con motivo del avance de la pandemia suponen el cierre de un buen número de establecimientos considerados no esenciales, desde hostelería a gimnasios pasando por museo y bibliotecas. Para ellos ayer era el último día antes de bajar la persiana por lo menos durante las tres próximas semanas.

Con todo, después de tantas fases, desescaladas y nuevas olas, la confusión sobre qué se puede hacer y qué no o cuáles son los servicios que echan el cierre en esta ocasión está presente. Esta lista recoge en detalle las actividades que quedan clausuradas y las que se mantienen según la orden publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Echan el cierre

  • Espectáculos y ocio: cines, teatros, plazas de toros, circos, recintos feriales, locales recreativos y de juegos, casinos, bingos, locales de apuestas, parques de atracciones y acuáticos, locales culturales y sociales, museos, bibliotecas, salas de conferencias y conciertos, zoológicos y centros de ocio infantil. También se suspende la actividad de clubs de jubilados y aulas de naturaleza.
  • Hostelería: restaurantes, salones de banquetes, cafeterías y bares, salas de fiestas, discotecas, pubs y furanchos. También se suspenden los albergues turísticos.
  • Deportes: estadios y pabellones deportivos, gimnasios, piscinas, pistas de patinaje y demás pistas de competición.
  • Educación: las universidades suspenden su actividad lectiva hasta el 8 de febrero y será no presencial al menos hasta el 17 de febrero. Se suspende la actividad presencial en escuelas de idiomas, artes y diseño, conservatorios y escuelas de música y danza, escuelas de arte dramática y centros autorizados de deportes y artes plásticas.

Permanecen abiertos

  • Hostelería: se mantiene el take away tanto con entrega a domicilio hasta las 24h como para recogida en local. En este segundo supuesto, la estancia en el local deberá ser la mínima imprescindible. También permanecerán abiertos los comedores o cafeterías de centros de trabajo cuyo servicio se limitará a los trabajadores, así como las cafeterías de hospitales para uso de los acompañantes de pacientes. Los hoteles continúan con su actividad.
  • Comercio: Los esenciales podrán extender su horario hasta las 21:30. Las oficinas de farmacia, sin embargo, mantendrán su horario de apertura habitual, al prestar un servicio sanitario de interés público, de manera que los turnos de guardia tampoco se verán afectados por las restricciones. El comercio no esencial estará abierto hasta las 18:00h con un aforo del 50%. En el caso concreto de los centros comerciales, el aforo se limitará al 30% y deberán cerrar fines de semana y festivos. Se permiten las ferias y mercadillos al 50%.
  • Deportes: podrán permanecer abiertas las instalaciones deportivas en las que se celebren entrenamientos o competiciones estatales, cuyos vestuarios y zonas de ducha podrán ser utilizados con una ocupación máxima del 30% del aforo.
  • Educación: En cuanto a la actividad docente en las etapas no universitarias se mantiene la docencia presencial. Colegios, institutos y escuelas infantiles siguen abiertos. Continúan su actividad también autoescuelas, centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación con aforos al 50% y la recomendación de dar prioridad a las lecciones telemáticas.
  • Actividades de culto: los lugares de culto permanecerán abiertos con capacidad al 30%. Se prohíben las celebraciones fuera de los templos, los coros y las agrupaciones vocales. Tampoco habrá ningún tipo de contacto físico y las pilas de agua bendita estarán vacías.
  • Bodas, velatorios y funerales: los enlaces se permiten pero solo podrán acudir convivientes. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones públicas o privadas con un límite de 5 personas en el interior, sin contar los convivientes, o 15 en exterior. La comitiva fúnebre se limita también a 15 personas, entre familiares y allegados.

Todas las actividades que continúan disponibles están igualmente reguladas por los cierres perimetrales, el toque de queda y las reuniones limitadas convivientes, con las particularidades establecidas para parejas sentimentales que vivan en diferentes domicilios y el resto de excepciones a las restricciones en Galicia.