El auto por el que una magistrada de Marbella retiró a una madre gallega la custodia de su hijo de 13 meses alegando, entre otras cosas, que vivía “en la Galicia profunda”, ha causado una tremenda polémica. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, criado en Os Peares (Ourense) publicó ayer un tuit en el que remarcó que “algunas expresiones no son las más afortunadas. Yo fui un niño de la Galicia profunda y... ¡ni tan mal!”. El tuit se acompaña de una fotografía en la que se le ve en un carrito, de pequeño, con su abuela Eladia. Incluso el Parlamento de Galicia aprobó una declaración institucional en la que censura los “prejuicios y estereotipos” del texto judicial al recoger una valoración “peyorativa” que considera “inadmisible”.

Al margen de lo desafortunada u ofensiva que pueda considerarse la expresión “Galicia profunda” para referirse a la aldea de Torea, en Muros, no es este el único argumento del auto de 23 páginas firmado por María Belén Ureña, magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella. Entre otros motivos, la jueza señala que la madre, L. C. P., gallega de 30 años, se opuso frontalmente a cualquier custodia del niño que no fuera la suya en Galicia, y envió mensajes al padre –R. A. L, canario de 34 años– llenos de insultos.

Antes del nacimiento del bebé, ambos vivían en Madrid, donde se conocieron y vivieron de alquiler como pareja de hecho. Él era médico con contrato indefinido en un hospital; y ella, diseñadora de interiores. Siempre según el auto judicial, cuando a él le ofrecieron trabajo también fijo en un hospital de Marbella, en 2019, ambos decidieron trasladarse a la ciudad andaluza por considerarla un lugar más adecuado que Madrid para criar al niño, nacido el 26 de agosto de 2020. Allí el padre disfrutó de dos permisos de paternidad, de 4 y 2 meses, para cuidar al bebé. Desde el nacimiento, la mujer no ha vuelto a trabajar.

Desavenencias

Este pasado verano “empezaron las desavenencias entre la pareja, así como las amenazas de la Sra. C. de marcharse con el hijo pequeño de ambos, a Galicia, lo que se desprende claramente de los mensajes de WhatsApp aportados por ambas partes”, expone la magistrada en el texto judicial.

El pasado 3 de septiembre de 2021, la madre cumplió sus amenazas y se marchó con el niño a Galicia “aun a pesar de la oposición reiterada y expresa” del padre, que presentó en el juzgado una solicitud sobre medidas de prohibición de traslado de residencia a otra provincia del menor.

La jueza reprocha “la actitud caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva e irrespetuosa” de la madre, que se negó a consensuar un régimen de visitas, y que en sus mensajes espetó: “Al niño lo he criado yo y como conmigo no va a estar con nadie”, “no puedo compartir una custodia”. También constata su “hostilidad” y “falta de respeto inadmisibles”, con insultos al padre del tipo: “Hijo de puta”, “saca cojones”, “púdrete en el puto infierno. Muérete. Desaparece. Haznos ese favor”.

En audios de WhatsApp que cita la jueza, la madre amenaza e insulta: “Voy a hacer lo posible (con mi hijo) para alejarlo lo máximo posible de ti”, “eres un auténtico hijo de puta”. “Es más, incluso la Sra. C. llega a reconocer que estuvo planeando abortar”, apunta la magistrada.

La juez aplica en el auto la “perspectiva de género, “el derecho a la igualdad efectiva de mujeres y hombres”. Argumenta que “no hay que dar por supuesto que una madre, por el hecho de ser mujer y haber parido a su hijo, esto es, por razones puramente biológicas, está más capacitada o tiene cualidades o habilidades especiales para cuidar mejor a un niño, especialmente si es de corta edad. De admitir esto estaríamos perpetuando el papel de la mujer en el modelo de la sociedad patriarcal”.

Petición de nulidad

La madre del niño ha pedido la nulidad de las actuaciones por “vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva”. Para la representación legal de la progenitora, el auto de la jueza de Marbella vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva por la “arbitrariedad” del mismo. También alude a los “descalificativos” hacia la madre del menor, que califica de “innecesarios” y que, a su juicio, “denotan la flagrante falta de imparcialidad”.

El escrito que formula el “incidente exepcional de nulidad de actuaciones”, al que ha tenido acceso LA OPINIÓN, apunta que no se practicaron pruebas y que se omitieron conversaciones de WhatsApp del padre frente a los de la madre. Cuestiona también que como parte de los argumentos se apunte a la residencia de la madre en la “Galicia profunda” lo que, para esta parte procesal, es “insultante” y “discriminatorio” con el mundo rural y esta autonomía.

Los letrados de ambos progenitores confirmaron a Europa Press que el niño se encuentra con el padre desde el pasado 17 de octubre.

Motivos expuestos

  1.  Traslado sin acuerdo ni permiso: El auto señala que la mujer se llevó al niño a Galicia desde Marbella sin permiso del padre ni consentimiento judicial, y se negó a consensuar un régimen de visitas.
  2.  “Egoísta, inmadura e irrespetuosa”: La jueza reprocha “la actitud caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva e irrespetuosa” de la madre, con insultos como “hijo de puta” y “púdrete en el puto infierno”.
  3.  Perspectiva de género: La juez recuerda en su auto que no hay que dar por supuesto que una madre, por haber parido a su hijo, está más capacitada para cuidar mejor a un niño.