El Consejo General del Poder Judicial ya tiene encima de la mesa un borrador de informe sobre la ley trans y de igualdad LGTBI en el que alerta de que el texto del Gobierno puede discriminar a las mujeres que no son trans, pide limitar el derecho a la autodeterminación del género en menores a los 16 años y los 17 años y considera que la regulación de los efectos del cambio de mención registral del sexo presenta "aspectos oscuros y ciertas disfunciones".

El borrador del informe preceptivo del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI hace hincapié en que la norma tiene disposiciones que contradicen el derecho fundamental a la igualdad y puede tener el "indeseado efecto" de discriminar a mujeres no transexuales.

Preocupa a los ponentes especialmente la práctica deportiva y la violencia de género, ante las que piden una redacción más clara y precisa.

Solicitan que se introduzcan "las cautelas necesarias" para evitar la discriminación de mujeres deportivas no trans "atendida la realidad de la diferencia de las condiciones físicas existentes y de la superioridad física de la mujer transexual frente a la que no lo es".

Asimismo, sugieren que la ley mejore su redacción en cuanto a evitar que los agresores de la violencia de género puedan eludir las consecuencias de sus actos.

La propuesta de informe subraya que el anteproyecto permite cambiar la mención registral del sexo "sin límite alguno", ante lo que recomiendan que tenga un carácter "absolutamente excepcional" y siempre "bajo la decisión judicial".

Los ponentes del informe, los vocales Ángeles Carmona, Clara Martínez de Careaga y Wenceslao Olea, han compartido el borrador al resto de vocales con el objetivo de que se pronuncien al respecto antes de que el pleno del CGPJ lo someta a votación el próximo día 20 de abril.

Discriminación de mujeres no transexuales

Los vocales de la propuesta de informe hacen hincapié en que la norma tiene disposiciones que contradicen el derecho fundamental a la igualdad y puede provocar el "indeseado efecto" de discriminar a mujeres no transexuales.

Preocupa a los ponentes especialmente la práctica deportiva y la violencia de género, ante las que piden una redacción más clara y precisa.

Solicitan que se introduzcan "las cautelas necesarias" para evitar la discriminación de mujeres deportivas no trans "atendida la realidad de la diferencia de las condiciones físicas existentes y de la superioridad física de la mujer transexual frente a la que no lo es".

Asimismo, sugieren que la ley mejore su redacción en cuanto a evitar que los agresores de la violencia de género puedan eludir las consecuencias de sus actos.

La propuesta de informe subraya que el anteproyecto permite cambiar la mención registral del sexo "sin límite alguno", ante lo que recomiendan que tenga un carácter "absolutamente excepcional" y siempre "bajo la decisión judicial".

Seguridad jurídica

El texto considera "loable" la finalidad de garantizar la igualdad y evitar la discriminación del colectivo LGTBI, sin embargo, critica que se aborde mediante una ley "integral y transversal" en lugar de con una norma que se limite a los aspectos nucleares que no estén recogidos en otras leyes y con la modificación de otros textos legales a través de disposiciones finales.

Se apunta a que el abuso de leyes integrales y transversales conduce a la atomización del ordenamiento jurídico "al dotar a determinados colectivos de un régimen privilegiado de protección al margen del aplicable al resto de ciudadanos", lo que incide, a su juicio, en un "notable detrimento del derecho a la igualdad y del principio de seguridad jurídica".

Para garantizar la seguridad jurídica de la ley, el escrito del Poder Judicial recomienda mayor concreción en cuestiones como las consecuencias en el matrimonio derivadas de la transexualidad, la fijeza del estado civil o la clarificación de derechos tras la reversión de la mención del sexo en el Registro Civil después de una modificación previa.