La Opinión de A Coruña

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Cuando la víctima es vista como un objeto de mofa

La filtración del vídeo del actor y presentador Santi Millán muestra cómo la sociedad acaba responsabilizando del delito al perjudicado, sobre todo si es mujer

El actor Santi Millán, víctima de una filtración de un vídeo sexual. | // ANTONIO GUTIÉRREZ / EUROPA PRESS

Constantino era amigo de Joaquina. Tenía en su móvil una fotografía en la que ella, que era quien se la había hecho llegar, aparecía desnuda. El 6 de junio de 2016, Constantino decidió compartirla: envió la imagen a Federico, compañero sentimental de Joaquina, incurriendo en un delito de revelación de secretos por el que fue castigado con una multa de algo más de 1.000 euros.

Constantino recurrió. Llevó el caso hasta el Supremo, y allí su abogado argumentó que la culpa de todo, en el fondo, la tenía Joaquina. Había sido ella quien había tomado y enviado la foto. Pero el alto tribunal, que por vez primera confirmó una condena por este tipo de comportamientos, dejó claro que aquello no tenía sentido. “Quien remite a una persona en la que confía una foto expresiva de su propia intimidad no está renunciando anticipadamente a esta. Tampoco está sacrificando de forma irremediable su privacidad. Su gesto de confiada entrega y selectiva exposición a una persona cuya lealtad no cuestiona no merece el castigo de la exposición al fisgoneo colectivo”, señalaron los jueces.

Y sin embargo, eso es exactamente lo que ocurre cuando uno pierde el control sobre sus imágenes más privadas. Primero, el castigo de la “exposición al fisgoneo colectivo”. Después, la reversión de los roles, convirtiendo a la víctima en culpable.

El último caso ha sido el de Santi Millán. Hace una semana, se filtraron unas imágenes sexuales del actor con una mujer que no era su pareja. “La noticia aquí es que se ha cometido un delito”, dijo Millán a ABC. No para una parte de la sociedad que nada más conocer las imágenes atacó a la víctima. “El peligro es hacer imbecilidades, grabarlas y exponerlas. Las redes no tienen la culpa de las inmoralidades de las personas. Las redes son el mensajero”, señaló un usuario de Twitter. “¿Por qué se graba y envía el vídeo? ¿Somos tontos?», se preguntaba otro. Hay cientos de mensajes de este tipo.

Muchos desviaron la atención hacia la pareja del actor, la periodista Rosa Olucha. Hubo memes que se burlaban de su hipotética reacción al conocer el vídeo y también muestras de equivocada solidaridad. «A todos los que me preguntáis ¿cómo estás? o me decís cosas del tipo lo siento, tienes todo mi apoyo, os comento: lo primero, yo estoy bien —reaccionó Olucha—. Deberíais preguntaros cómo está él. Él es el que ha sufrido un ataque a su intimidad, que, por cierto, es delito. Su intimidad. Suya y de nadie más. Yo no soy una víctima. Ni él es mío, ni yo soy suya”.

Si hubiese sido una mujer en lugar de un hombre el personaje famoso que ha sido esta vez víctima de la quiebra de su intimidad, todo habría sido peor, explica Mónica Ojeda, pedagoga especializada en adolescentes y profesora de la Universidad de Sevilla. “Es algo que se ha visto en España y en otros países, el doble estándar sexual. Juzgamos a las mujeres de forma mucho más dura que a los hombres por los mismos comportamientos. La sociedad considera en muchas ocasiones como algo positivo para su reputación que a una chica le pidan una imagen sexual. Pero si finalmente la envía, es sancionada. Cuando ese mismo comportamiento lo protagoniza un chico se le juzga de forma distinta, e incluso gana aceptación y estatus social entre sus iguales”, señala.

Ojeda llevó a cabo más de 10.000 cuestionarios para su tesis doctoral sobre el intercambio de contenidos de carácter sexual a través de internet, publicada el año pasado. La investigación contiene datos muy interesantes.

Por ejemplo, que el 9,3% de los adolescentes españoles reenvía este tipo de imágenes sin tener el consentimiento de las personas que allí aparecen, un porcentaje mayor que el 8,1% que manda contenido propio. “Es un dato preocupante, porque refleja que hay mucho contenido que se está distribuyendo a través de los móviles y redes sociales sin consentimiento”, explica Ojeda, cuyo trabajo también refleja que no hay “diferencias de género significativas” en el envío del llamado sexting, pero que son los chicos quienes reenvían más contenido sexual sin consentimiento.

Fue el caso de una mujer el que provocó una reforma específica para perseguir estas prácticas. En 2012, empezó a circular un vídeo sexual de Olvido Hormigos, entonces concejala en el Ayuntamiento de Los Yébenes (Toledo). Lo había difundido una persona con la que mantuvo una relación, a quien ella misma se lo había enviado, así que no hubo ninguna condena, al considerar el juez que las imágenes no habían sido conseguidas de forma ilícita. Tres años más tarde, se introdujo el artículo 197.7 del Código Penal, que castiga con tres meses a un año de cárcel y multa de seis a 12 meses a quien sin autorización “difunda, revele o ceda” imágenes de una persona que hubiera obtenido con “su anuencia”, siempre que la “divulgación menoscabe gravemente la intimidad de esa persona”.

Dos psicólogos australianos llevaron a cabo hace un par de años un experimento. Enseñaron a 122 personas imágenes de la misma mujer, cuyas fotografías habían sido propagadas sin su consentimiento.

Cuanto más explícito era el material, más tendían los participantes a culpar a quien había visto cómo su intimidad era pisoteada. “

Los resultados muestran la tendencia a responsabilizar a la víctima”, señaló el trabajo.

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