La Opinión de A Coruña

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España no avanza en el ‘derecho al olvido’ de los pacientes que han superado un cáncer

La UE quiere que los países miembros tengan antes de 2025 legislaciones que eviten que bancos y aseguradoras discriminen a quienes se curan de una enfermedad oncológica

Pasillo de un hospital. | // I. HERRERO

Francisco Domene firmó su hipoteca hace cuatro años, con la ilusión con la que se firman las cosas que construyen una vida. Pero cuando quiso contratar el seguro que la entidad le solicitaba como requisito, se encontró con un no por respuesta. El motivo fue un linfoma que le diagnosticaron casi tres décadas antes, cuando solo tenía cuatro años, y que superó. Francisco está sano, curado, y aunque sabe mejor que nadie que aquella experiencia le ha dejado una huella imborrable, se enfada al descubrir que será también un lastre que lo acompañe toda la vida: “Más de 20 años después del alta definitiva ves que te ha marcado de por vida, no solo en la memoria, si no en tus metas personales”, se lamenta.

Como Francisco, alrededor de dos millones de personas han superado una enfermedad que se lleva a muchas otras por el camino. De entre sus secuelas, las hay más invisibles e incluso ajenas a la salud, pero que impiden que puedan recuperar con plenitud esa vida reconquistada. Como las trabas a la hora de pedir un crédito o contratar un seguro personal. La Comisión Especial sobre la lucha contra el cáncer del Parlamento Europeo pidió que se garantice el derecho al olvido a los pacientes oncológicos cuando hayan pasado diez años desde que terminaron su tratamiento, o cinco si fueron diagnosticados siendo menores de edad. Bajo ese nombre, el de derecho al olvido, lo que se pretende es que las aseguradoras y los bancos no puedan tener en cuenta su historial médico para discriminarlos, algo parecido a lo que ya ocurrió en 2011 cuando una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE prohibió a las empresas establecer primas en función del género.

Todos los países europeos tendrán que garantizar el derecho al olvido oncológico antes de 2025, pero en España es todavía una asignatura pendiente. La Comisión Europea elaboró un informe en el que se constataba que aquí no existe una política gubernamental sobre este asunto. Además, aunque el Plan Nacional del Cáncer “pone especial énfasis” en la atención de los supervivientes de cáncer, “ha priorizado las necesidades de atención social y de salud en primer lugar”.

Lucía —nombre ficticio— quiso contratar un seguro de vida cuando firmó su hipoteca, pero apenas hacía dos años que se había curado del cáncer. Aún con revisiones y adaptando su vida a nuevas rutinas, optó por mentir en el cuestionario de salud. Reconoce que, en caso de necesitarlo, es probable que no pueda contar con un seguro al que le será muy fácil demostrar su engaño, pero era la única manera de acceder a la hipoteca en ese momento. “Realmente lo que se me hizo más difícil fue el mensaje implícito, que soy una apuesta arriesgada, que las empresas no apuestan por que esté viva los años suficientes como para poder pagar”, explica la joven. Testimonios como este no sorprenden a Clara Rosàs, gerente de la Federación Catalana de Entidades contra el Cáncer (Fecec). “Hay personas que nos han contado que la hipoteca está a nombre de su pareja porque no había manera de acceder a ese producto, es la realidad con la que se encuentran”, explica. Y el psicológico es un añadido más a ese peso que ya llevan quienes superan la enfermedad: “Te recuerdan constantemente que la has tenido”. La Fecec es una de las asociaciones que más está empujando para que el derecho al olvido oncológico sea una realidad en España, pero “todavía estamos muy verdes”, señala Rosàs. Bélgica, Francia, Países Bajos, Luxemburgo y Grecia tienen regulaciones que protegen a los pacientes, e Italia trabajaba en una norma antes de la caída del gobierno.

El muro impenetrable de la discriminación

“En realidad no hablamos de eliminar unos antecedentes de la historia clínica de una persona”, explica Luis Pedro Gracieta, abogado experto en contratos de seguros, “sino de no estar obligados a contarlos, como ocurre en Francia, o que aún reflejándolos, no se tengan en cuenta como único factor excluyente”.

El jurista aplaude la iniciativa del Parlamento Europeo y cree que “se han empezado a abrir huecos en este muro impenetrable de la discriminación por motivos de salud”. En España, las compañías de seguros excluyen a personas ancianas, discapacitadas o enfermas. “Lo tenemos asumido como lo más normal”, indica el experto. En 2018 se reformó la ley de Contrato de Seguro para incluir una cláusula que impide “discriminar a las personas que tengan VIH SIDA u otras condiciones de salud”. Esas otras condiciones de salud son la rendija por la que podría colarse el cáncer, pero en el mismo texto el Gobierno se comprometió a presentar un proyecto de ley para concretar qué enfermedades se incluyen en la cláusula en el plazo de un año, pero han pasado cuatro y “aún no se ha desarrollado por completo”, tal y como recuerda la Comisión Europea.

Con la ley actual en la mano, hay una herramienta contra la discriminación de los pacientes oncológicos. A juicio del jurista, la compañía tiene derecho a conocer todos los antecedentes de salud de una persona para concederle un seguro personal, pero tiene que justificar que la condición de salud es relevante para el contrato o que supone un riesgo que no puede asumir. Es ahí, en los riesgos, donde está la esencia de la cuestión: las aseguradoras tienen la obligación de ser económicamente viables y solventes para poder prestar los servicios concedidos en caso de que sus clientes los necesitaran. Pero para eso necesitan una cartera de asegurados que a priori no vayan a necesitar de sus servicios.

Rosàs insiste en que “los pronósticos y tasas de supervivencia han mejorado mucho para muchos tipos de cáncer” y esto tiene que reflejarse en ese derecho a olvidar. Hay evidencia científica de que una persona que superó el cáncer hace diez años ya no tiene un riesgo mayor que alguien que no lo ha sufrido. La Fecec defiende para España un sistema similar al francés: para préstamos o hipotecas de hasta 200.000 que puedan devolver antes de los 60 años no hace falta cuestionario de salud alguno.

Más flexibilidad

Al otro lado, la patronal del seguro europeo, Insurance Europe, muestra sus resistencias y ha pedido flexibilidad a la hora de valorar los riesgos de cada tipo de cáncer: “Si la prima deja de estar vinculada a los riesgos, algunos consumidores pagarán demasiado en relación con el riesgo que aportan a la aseguradora, mientras que otros pagarán menos en relación con los riesgos que presentan”.

Gracieta insiste en que el principal problema estaba en los bancos, que exigen seguros que garanticen los pagos para conceder créditos. “Se pasa la pelota a las aseguradoras, que podían encontrarse con personas no asegurables con criterios justificados de que el riesgo no es asumible. Pero ¿por qué el banco no concede el crédito? Una cosa no tendría que tener nada que ver con la otra y esta ha sido la raíz del problema”, defiende Gracieta. En Francia la cuestión la aclaró una ley pionera de derecho al olvido oncológico que prohíbe preguntar sobre salud a quien necesite un seguro para acceder a financiación.

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